Convocatoria para la Convención Obrero Patronal para la Revisión Salarial del Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados

Fecha de disposición02 Enero 2006
Fecha de publicación02 Enero 2006
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVOCATORIA para la Convención Obrero Patronal para la Revisión Salarial del Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Unidad de Funcionarios Conciliadores.- Contrato Ley-Hule.

Asunto: Convocatoria para la Convención Obrero Patronal para la Revisión Salarial del Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados.

México, Distrito Federal, a diecinueve de diciembre de dos mil cinco.

Visto el expediente administrativo número 12/212/(72)/16 legajo 59, formado en la Unidad de Funcionarios Conciliadores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con motivo de la solicitud de revisión, en su aspecto salarial, del Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados, presentada el siete de diciembre de dos mil cinco por los sindicatos: Nacional de Trabajadores de la Industria Hulera de la República Mexicana “Bridgestone Firestone”; de Trabajadores y Empleados de la Industria Hulera de la República Mexicana; de Empleados y Obreros de la Industria de la Transformación del Hule de la R. M.; Nacional de Trabajadores de Cía. Hulera Hulera Tornel, S.A. de C.V. de la R.M. y Nacional de Trabajadores de General Tire de México, S.A. de C.V., y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por convenio de doce de febrero de dos mil cinco, firmado por patrones y trabajadores sindicalizados representantes del interés profesional de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados se dio por revisado en su forma integral, el Contrato Ley de esta rama industrial. Dicho convenio se publicó en el Diario Oficial de la Federación de veintitrés de febrero de dos mil cinco.

SEGUNDO.- Que el Contrato Ley en su integridad fue publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha veintitrés de mayo de dos mil cinco, señalándose en el artículo primero transitorio una vigencia del trece de febrero de dos mil cinco al doce de febrero de dos mil siete, por lo que el primer año de vigencia vence el doce de febrero de dos mil seis.

TERCERO.- Que atendiendo la solicitud formulada en tiempo por los sindicatos afectos al Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados que se mencionan en el proemio de la presente Convocatoria y previa verificación de los datos que obran en el expediente...

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