Obligaciones patronales ante la terminación laboral derivada del estado de invalidez

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Introducción

En algunas ocasiones se presenta una enfermedad o un accidente ajeno al trabajo que por sus características se puede llegar a calificar como un estado de invalidez; en consecuencia, si hay un tratamiento prescrito, el trabajador deberá suspender sus labores y obtener los certificados de incapacidad que respalden las faltas al centro laboral.

En este sentido, se entiende que durante el periodo de incapacidad subsistirá la relación de trabajo, aunque no exista la obligación patronal de pagar un salario ni la obligación de prestar el servicio por parte del trabajador.

De esta manera, la relación de trabajo terminará cuando el IMSS declare la invalidez del trabajador y en términos de la LSS le otorgue una pensión de invalidez; sin embargo, la terminación de la relación de trabajo traerá como consecuencia la obligación del patrón de cubrir ciertas prestaciones.

Al respecto, la LFT especifica las prestaciones que deben pagarse a los trabajadores como consecuencia de la terminación laboral por este concepto, las cuales se comentan a continuación.

Definición de invalidez

El artículo 119 de la LSS indica que existe invalidez cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50% de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo, y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales; la declaración de invalidez deberá ser efectuada por el IMSS.

Por su parte, el artículo 173 de la Ley General de Salud define a la invalidez de la siguiente manera:

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Determinación del estado de invalidez por parte del IMSS

Para declarar un estado de invalidez no se requiere que el asegurado esté incapacitado total y permanentemente, sino que en términos del artículo 119 de la LSS, se encuentre imposibilitado para procurarse por un trabajo igual una remuneración superior al 50% de su ingreso habitual en el último año de trabajo, y que la imposibilidad derive de una enfermedad o un accidente no profesional.

Así, para que el IMSS califique el estado físico del asegurado como invalidez, y proceda a entregar las prestaciones respectivas, se deberán presentar las condiciones o los elementos siguientes:

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De esta manera, como el estado de invalidez tiene que ser dictaminado por los servicios institucionales de salud en el trabajo, según el artículo 124 de la LSS, los asegurados que soliciten el otorgamiento de las prestaciones de este ramo de seguro, y los que ya cuenten con la pensión, deberán sujetarse a las investigaciones de carácter médico, social y económico que el instituto considere necesarias para comprobar si existe o persiste la invalidez.

Prestaciones que otorga el IMSS por invalidez

De acuerdo con el artículo 120 de la LSS, los trabajadores a quienes el instituto les haya declarado el estado de invalidez tendrán derecho a recibir las prestaciones siguientes:

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Trámite ante el IMSS de la pensión por invalidez

Conforme a la LSS, los requisitos para obtener la pensión por invalidez son los siguientes:

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Según el artículo 141 de la LSS, el monto de la pensión por...

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