Obligaciones fiscales para instituciones educativas sujetas al pago del IVA

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas215-215

Page 215

Las instituciones educativas que estén obligadas al pago del IVA y las que deban calcular este impuesto a la tasa de 0%, deberán cumplir con las mismas obligaciones fiscales que tienen las instituciones educativas del Título II de la LISR que se encuentran obligadas al pago del IVA, incluso a la tasa de 0% (véase el punto 15 del capítulo anterior).

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