Objetos de arte o colección y antigüedades

AutorJesús Bernardo Gutiérrez Delgado
Páginas525-526
525
Sección XXI
OBJETOS DE ARTE O COLECCION Y ANTIGUEDADES
Capítulo 97
Objetos de arte o colección y antigüedades
Notas.
1. Este Capítulo no comprende:
a) los sellos (estampillas) de correo, timbres fiscales, enteros postales, demás artículos franqueados y análogos,
sin obliterar, de la partida 49.07;
b) los lienzos pintados para decorados de teatro, fondos de estudio o usos análogos (partida 59.07), salvo que
puedan clasificarse en la partida 97.06;
c) las perlas finas (naturales)* o cultivadas y piedras preciosas o semipreciosas (partidas 71.01 a 71.03).
2. En la partida 97.02, se consideran grabados, estampas y litografías originales las pruebas obtenidas
directamente en negro o color de una o varias planchas totalmente realizadas a mano por el artista, cualquiera que
sea la técnica o materia empleada, excepto por cualquier procedimiento mecánico o fotomecánico.
3. No se clasifican en la partida 97.03 las esculturas que presenten carácter comercial (por ejemplo: reproducciones
en serie, vaciados, obras de artesanía), aunque hayan sido concebidas o creadas por artistas.
4. A) Salvo lo dispuesto en las Notas 1, 2 y 3, los artículos susceptibles de clasificarse en este Capítulo y en ot ros
de la Nomenclatura, se clasifican en este Capítulo;
B) los artículos susceptibles de clasificarse en la partida 97.06 y en las partidas 97.01 a 97.05 se clasifican en las
partidas 97.01 a 97.05.
5. Los marcos de pinturas, dibujos, collages o cuadros similares, grabados, estampas o litografías se clasifican con
ellos cuando sus características y valor están en relación con los de dichas obras.
Los marcos cuyas características o valor no guarden relación con los artículos a los que se refiere esta Nota,
seguirán su propio régimen.
CODIGO DESCRIPCION Unidad
IMPUESTO
IMP.
EXP.
97.01
Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, excepto los
dibujos de la partida 49.06 y artículos manufacturados
decorados a mano; collages y cuadros similares.
9701.10
-
9701.10.01 Pinturas y dibujos. Pza Ex. Ex.
9701.90
-
Lo
s demás.
9701.90.99 Los demás. Pza Ex. Ex.
97.02
Grabados, estampas y litografías originales.
9702.00
Grabados, estampas y litografías originales.
9702.00.01 Grabados, estampas y litografías originales. Pza Ex. Ex.
97.03
Obras originales
de estatuaria o escultura, de cualquier
materia.
9703.00
Obras originales de estatuaria o escultura, de cualquier
materia.
9703.00.01 Obras originales de estatuaria o escultura, de cualquier materia. Pza Ex. Ex.
97.04
Sellos (estampillas) de c
orreo, timbres fiscales, marcas
postales, sobres primer día, enteros postales, demás
artículos franqueados y análogos, incluso obliterados,
excepto los artículos de la partida 49.07.
9704.00
Sellos (estampillas) de correo, timbres fiscales, marcas
postales, sobres primer día, enteros postales, demás
artículos franqueados y análogos, incluso obliterados,
excepto los artículos de la partida 49.07.
9704.00.01 Sellos de correo cancelados. Pza Ex. Ex.
9704.00.99 Los demás. Pza Ex. Ex.
97.05
Colecci
ones y especímenes para colecciones de zoología,
botánica, mineralogía o anatomía o que tengan interés
histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o
numismático.
9705.00
Colecciones y especímenes para colecciones de zoología,
botánica, mineralogía o anatomía o que tengan interés
histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o
numismático.
9705.00.01 Colecciones geológicas o de historia natural y ejemplares para
dichas colecciones, excepto lo comprendido en las fracciones
9705.00.05 y 9705.00.06. Pza Ex. Ex.
9705.00.02 Numismáticas. Pza Ex. Ex.
9705.00.03 Pedagógicas. Pza Ex. Ex.
9705.00.04 Ejemplares zoológicos disecados o sus partes.
Pza Ex. Ex.

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