Nuevas reglas para la suplencia presidencial

AutorMario Melgar Adalid
Cargo del AutorInvestigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; miembro del SNI
Páginas347-384
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NUEVAS REGLAS PARA LA SUPLENCIA PRESIDENCIAL
Mario
MELGAR ADALID
*
A la memoria de mi amigo Jorge Carpizo
SUMARIO
: I. Nota introductoria. II. La suplencia presidencial en las
Constituciones mexicanas. III. Las reformas al esquema de suplencia pre-
sidencial de 1917. IV. La reforma de 2012. V. Vicepresidencia, una
mirada al sistema estadounidense.
I.
NOTAINTRODUCTORIA
La suplencia presidencial fue un tabú en el constitucionalismo del siglo
XX mexicano. Una cortesía mal entendida hacía del tema un asunto es-
condido, apartado de los afanes renovadores y reformistas del texto cons-
titucional, que no fueron pocos durante el régimen revolucionario. Ya en
este siglo, en la última etapa de gobierno de Felipe Calderón se planteó
ante el Constituyente Permanente la reforma que estableció nuevas reglas
para el improbable, indeseable, pero posible supuesto de falta del titular
del Ejecutivo Federal. En este trabajo se revisan las distintas soluciones de
los textos constitucionales a la hipótesis de la ausencia presidencial y el
entorno político y jurídico en que tales normas se generaron. El trayec-
to histórico jurídico muestra la tendencia de legisladores mexicanos tanto
de adoptar disposiciones constitucionales del sistema estadounidense, que
tanto influyó al constitucionalismo mexicano en ciernes, como propuestas
vernáculas surgidas para resolver crisis o para adelantarse a los problemas
que podrían surgir en el terreno político.
Los artículos 83, 84 y 85 constitucionales fueron reformados para es-
tablecer nuevas reglas que impidan una catástrofe política o una crisis
*Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; miembro
del SNI.
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MARIO MELGAR ADALID
constitucional de dimensiones insospechadas en el supuesto de la falta
del presidente. Las razones para que estas reformas no hubieran ocurrido
antes derivan de las características del régimen político de partido úni-
co, o prácticamente único, que operó en el país durante más de 70 años.
Nadie hubiera osado plantear, nadie lo hizo al menos, reglas efectivas
para resolver la falta del presidente. Se consideraba que hacerlo signifi-
caría una descortesía política. La solución anterior a la reforma de 2012,
resultó en su momento adecuada, en tanto el Congreso respondía a una
sola línea, sin que pudiera darse un resquebrajamiento político en caso de
la falta del presidente. Por otra parte, la mala experiencia histórica de la
figura de la vicepresidencia en el siglo XIX mexicano fue determinante
para que esta solución, que ha funcionado razonablemente bien en situa-
ciones extremas en sistemas como el estadounidense, esté aparentemente
proscrita en el sistema mexicano. No obstante, no queda suficientemente
claro si el sistema que plantea la reforma de 2012 resuelve totalmente el
problema de la repentina falta del titular del Ejecutivo Federal o si debe
debatirse la conveniencia de instaurar la vicepresidencia sin resabios his-
tóricos y con madurez democrática. El tema de la suplencia toca el de la
vicepresidencia que tan mala fortuna ha tenido en la historia de México,
por lo que no obstante la reforma de 2012, incorporada al texto constitu-
cional, queda como un pendiente a dilucidar con una nueva perspectiva.
II.
LASUPLENCIAPRESIDENCIALENLAS CONSTITUCIONESMEXICANAS
1. De 1824 a 1857
La suplencia presidencial tiene su primer antecedente en la Constitu-
ción de 1824 que estableció la vicepresidencia. México había adoptado
un curioso sistema vicepresidencial al crearse como un cargo atribuible al
segundo candidato más votado en una elección. Efectivamente, como lo
estipulaba la Constitución en caso de imposibilidad física o moral del presi-
dente, todos las facultades y prerrogativas recaerían en un vicepresidente.1
Este sistema fue copiado de la Constitución de los Estados Unidos, donde
generó problemas políticos muy serios. La adopción de la vicepresidencia
en la primera Constitución resultó inadecuada. La persona que obtuviera
el mayor número de votos en una elección indirecta a cargo de electo-
1 Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824, artículo 75.
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NUEVAS REGLAS PARA LA SUPLENCIA PRESIDENCIAL
res designados por las legislaturas locales le correspondería desempeñar
el cargo de presidente. El segundo lugar en votos recibidos se haría cargo
de la vicepresidencia.2 La experiencia histórica mostró lo inadecuado de
este poco imaginativo sistema que favorecía las luchas entre las facciones y
extendía las naturales tensiones que provocan los procesos electorales para
que formaran parte de la institucionalidad. Los constitucionalistas mexica-
nos coinciden en lo pernicioso que resultó o puede resultar el sistema para
la estabilidad nacional.3 Felipe Tena Ramírez por ejemplo, señala que la
creación de la vicepresidencia como función autónoma no tenía nada de
recomendable ya que el presidente tenía como sucesor nada menos que al
candidato del partido contrario que podría convertirse en centro de intrigas
y de políticas contrarias a las enarboladas por el presidente. Imaginemos,
de haber subsistido este sistema, lo que hubiera ocurrido en las últimas
elecciones entre quienes ganaron la presidencia y quienes obtuvieron el
segundo lugar que hubieran fungido como los sucesores naturales en caso
de falta presidencial.4 En Estados Unidos fue tan inadecuado que en 1803
el Congreso aprobó la Enmienda XII, ratificada al año siguiente.5
2 Ibidem, artículo 85.
3 De la Madrid Hurtado, Miguel, Estudios de derecho constitucional, 2a. ed., México,
Porrúa, 1980, p. 265; Valadés, Diego, “La substitución presidencial en México”, en Car-
bonell, Miguel (coord.), Derecho Constitucional, memoria del Congreso Internacional de Culturas y
Sistemas Jurídicos Comparados, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2004,
p. 872; Tena Ramírez, Felipe, Derecho constitucional mexicano, 32a. ed., México, Porrúa,
1998, p. 451.
4 Las elecciones donde resultó triunfador Carlos Salinas y en segundo lugar Cuau-
htémoc Cárdenas, la de Vicente Fox en que Francisco Labastida quedó en segundo lu-
gar, pero particularmente las dos elecciones en que Andrés Manuel López Obrador, que
nunca reconoció los resultados oficiales, perdió sucesivamente frente a Felipe Calderón y
Enrique Peña Nieto.
5 Ratificada el 15 de junio de 1804. El texto dice lo siguiente: “Los electores se reu-
nirán en sus respectivos Estados y, mediante boletas, votarán para elegir Presidente y
Vicepresidente, de los cuales al menos uno deberá ser habitante del mismo Estado que
ellos. Mencionarán en la boleta a persona votada para Presidente, y en boletas distintas a
la persona por quien voten para Vicepresidente, y harán listas distintas de todas las perso-
nas votadas para Presidente y de todos aquéllos votos para Vicepresidente, y del número
de votos para cada una; todas las listas se formarán, certificarán y enviarán selladas a la
sede del Gobierno de los Estados Unidos, dirigidas al Presidente del Senado, quien abri-
rá, en presencia del Senado y de la Cámara de Representantes, todas las certificaciones,
posteriormente los votos serán contados. La persona que obtenga el mayor número de
votos para Presidente, será el Presidente, siempre y cuando dicho número represente la
mayoría del número total de electores designados; y si nadie obtuviere dicha mayoría,
de entre quienes tuvieran los números más altos,
sin exceder de tres personas en la lista de
aquéllos que fueron votados para Presidente, la Cámara de Representantes inmediatamente
elegirá, mediante boletas, al Presidente. Se deberá tener en cuenta que al elegir al Presidente,

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