Los espacios públicos de gestión ciudadana: Nuevas formas de gestión público-comunitaria en Zaragoza (España)/Citizen Management Public Spaces: New Ways of Public-communitarian Management in Zaragoza (Spain).

AutorOrueta, Fernando Díaz
CargoLos espacios p

INTRODUCCIÓN: GESTIÓN PÚBLICO-COMUNITARIA Y GOBERNANZA URBANA

En las dos primeras décadas del siglo XXI las ciudades, aun sometidas a tendencias globales que condicionan sus márgenes de actuación, han ido dando forma a esquemas diferenciados de gobernanza local (Savitch y Kantor, 2010). Por ello, si bien es posible identificar tendencias generales en cuanto a las respuestas adoptadas frente a los problemas de diversa naturaleza que afrontan las ciudades o al diseño de estructuras organizativas gubernamentales, cada urbe conforma articulaciones específicas en términos de gobernanza. Como señala Pierre (2005), los modelos pueden caracterizarse a partir de una serie de dimensiones, entre las que destacarían las referidas a la composición de las coaliciones de gobierno, las estructuras institucionales, los objetivos políticos, los resultados alcanzados o la forma en que se relacionan los sectores público y privado.

Asimismo, el análisis de la evolución de los modelos de gobernanza urbana debe tomar en consideración la referencia a un contexto sociopolítico mayor. En ese sentido, el impacto de la crisis de 2008 fue decisivo puesto que contribuyó a profundizar en el cuestionamiento de la democracia representativa-liberal que venía gestándose ya en años anteriores. Las ciudades no se mantuvieron al margen de esta realidad y, de hecho, por una u otra vía los sistemas de gobernanza urbana se vieron influidos por dicha dinámica. El nuevo escenario, caracterizado por fuertes incertidumbres de orden sociopolítico y económico, favoreció el surgimiento de nuevos movimientos sociales y de otras iniciativas de acción colectiva de naturaleza muy diversa que vinieron a confirmar la pérdida progresiva de legitimidad de los sistemas políticos y el alejamiento de la ciudadanía respecto a las estructuras institucionales vigentes (Delia Porta, 2015). Dichas movilizaciones tuvieron una fuerte incidencia en las ciudades, pudiendo ser interpretadas como una canalización del descontento de amplios sectores sociales con una acción de gobierno que se percibía centrada en los intereses de las élites políticas y económicas y no en las necesidades de una población cada vez más acuciada por los efectos de la crisis (Mayer, 2013).

En España el movimiento 15M fue una expresión de este malestar, presente también en otros países. Nacido en mayo de 2011 en las plazas de un gran número de municipios españoles, expresó la voluntad de participación de la población en la definición y gestión de los asuntos colectivos (Díaz Orueta y Lourés Seoane, 2018: 75-76). En los años siguientes, esta voluntad se materializó a escala local en la proliferación de acciones y propuestas de acción colectiva en espacios tan variados como la vivienda, el empleo, el consumo o la cultura. Pero también, y de forma muy significativa, generó un impacto tangible en el ámbito de la administración pública, incluyendo el desarrollo de propuestas de gestión que trataban de responder a las demandas ciudadanas de participación y con la implementación de nuevas políticas urbanas (Subirats y García Bernardos, 2015; Pradel Miquel y García Cabeza, 2018; Navarro Yáñez et al., 2019).

De entre estas experiencias destaca como una de las más notables las propuestas referidas a la gestión público-comunitaria, con una incidencia directa en la agenda de la reforma estatal a nivel local y, a la vez, estrechamente ligadas a las demandas de democratización de las instituciones y de mayor participación ciudadana en la gestión pública. (1)

La gestión público-comunitaria

La propuesta de introducir nuevas formas de gestión público-comunitaria fue tomando forma no solo en el ámbito académico sino también en ciertos espacios del activismo social caracterizados por una actitud autorreflexiva sobre sus propias prácticas. Su punto de partida es la crítica a la expansión de un modelo de gobernanza urbana calificado como neoliberal, parte constituyente de una reestructuración global no solo económica y sociopolítica sino también de las formas estatales. Tal como planteó tempranamente Harvey (1989), este modelo introdujo en el gobierno de las ciudades un mayor peso de los actores y formas de gestión privados así como una apuesta por el crecimiento y la competitividad. La acción de las coaliciones de gobierno locales se dirigió cada vez más a la promoción del crecimiento económico, más allá de sus efectos sobre el bienestar y la desigualdad social (Brenner y Theodore, 2002). Las nuevas prácticas de gestión pública incorporaron la promoción del mercado y las mentalidades competitivas que, además, se vieron reforzadas por la privatización de los servicios públicos. En definitiva, la ciudad pasó a ser concebida como una entidad más, inmersa en un espacio global de competición (Schipper, 2014).

En el marco del debate sobre este modelo de gobernanza y sus consecuencias sobre las ciudades, han surgido propuestas alternativas que abordan aspectos esenciales en su desarrollo. Entre ellas, al afrontar la discusión sobre la relación entre los sectores público y privado y sobre las estructuras institucionales, destaca la propuesta de nuevas formas de gestión pública y, de manera más específica, de la gestión público-comunitaria.

Esta última encuentra sus raíces en las prácticas comunitarias desarrolladas especialmente a partir de la crisis de 2008 como respuesta al desmantelamiento de los sistemas públicos de bienestar. De acuerdo con Forné (2020), a partir de ellas se habrían "... generado modelos alternativos de gobernanza y procesos de autoprotección social bajo lógicas de cooperación no mercantil". Frente a las carencias detectadas en otros modelos de gestión de los recursos públicos en el ámbito local, esta opción mejoraría las posibilidades de control ciudadano directo favoreciendo la introducción de mecanismos efectivos de participación ciudadana. En el caso español la experiencia y las propuestas de una parte importante de estas nuevas prácticas comunitarias se incorporaron a los programas de las candidaturas ciudadanas municipalistas que accedieron al poder local en distintas ciudades (Madrid, Barcelona, Zaragoza, etc.) tras las elecciones municipales de mayo de 2015. En otras ciudades europeas, sobre todo en las más castigadas por la crisis de 2008 y sus efectos posteriores, dichas prácticas han contado también con una presencia notable. De manera especial destaca el caso de Atenas, ciudad en la que distintas iniciativas de acción colectiva comunitaria han dado lugar a la reconfiguración del espacio público en diferentes ámbitos (Vaiou y Kalandides, 2016).

El concepto de los "comunes" o de lo "comunitario" se encuentra en la base de esta propuesta de gestión pública. Se trata de un término utilizado con frecuencia tanto en la literatura académica reciente como en numerosos documentos de los propios actores sociales. Pero su utilización generalizada no implica la existencia de un consenso amplio sobre su significado, por lo que a su alrededor se levanta cierta ambigüedad (Ostrom, 2015; Subirats y Rendueles, 2016). De ahí que resulte oportuno precisar la posición adoptada en este artículo, concretando qué se entiende por gestión público-comunitaria. En ese sentido, la obra de Micciarelli (2017) resulta particularmente esclarecedora. El autor define los comunes como aquellos bienes que generan una utilidad funcional en el ejercicio de derechos humanos fundamentales. Dentro de ellos, como una tipología específica, distingue los que denomina como bienes comunes emergentes para referirse al producto de una reclamación surgida desde "abajo", en la que una comunidad plantea la voluntad de gestionar directamente un bien y las autoridades públicas le reconocen su capacidad autorregulatoria y lo aseguran legalmente.

Entendemos que esta es la clave específica de lo que puede denominarse gestión público-comunitaria puesto que, como plantea Micciarelli (2017), con esta regulación la ciudadanía no solo ve garantizado el acceso al bien sino también la capacidad para definir independientemente las reglas de uso creando nuevos espacios públicos. El autor desarrolla su propuesta a partir de la experiencia de Nápoles, una de las ciudades que más ha avanzado en el reconocimiento legal y en la aplicación de este tipo de instrumentos de gestión.

Desde esta perspectiva, concebidos como expresión de una comunidad que se gestiona a partir de normas compartidas, los centros sociales podrían ser cate-gorizados como espacios públicos de gestión ciudadana (Machuca, 2017):

Los ciudadanos y ciudadanas que integran las asambleas de todas estas iniciativas dejan de ser meros receptores de derechos por parte del Estado, pasando a ser agentes activos que producen y reproducen vida, gestionan bienes comunes y crean comunidad. Espacios públicos de gestión ciudadana

A menudo las definiciones sobre el espacio público ignoran los rígidos condicionantes de acceso (y permanencia) que impiden asumir su diversidad y pluralidad. Asimismo, suele quedar en un segundo plano el hecho de que la producción de espacio público supone reproducir las relaciones sociales existentes, así como unas normas y valores que ordenan, distribuyen y por ende, segregan (Di Virgilio y Rodríguez, 2013; Lefebvre, 2017). De acuerdo con Lefebvre (2017), todos esos reduccionismos que se dan en el espacio urbano y que hacen pasar lo particular por lo general y lo creado en un momento dado como obra definitiva e inmutable no logran anular el carácter eminentemente social del espacio público entendido como un espacio practicado y apropiado por sus habitantes y usuarios, resultado pues de las iniciativas y las impugnaciones permanentes a un ámbito que se considera susceptible de modificación. En este sentido, el espacio público en cuanto tal solo tendría sentido como espacio practicado, si hubiera un público que lo pusiera en práctica. Sin nadie que lo use, lo practique o se lo apropie, el espacio público no existiría (Martínez Lorea, 2015; Delgadillo, 2018).

Así, y en...

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