Notificaciones del Tribunal Superior de Justicia.

DEL ESTADO DE YUCATAN.

S A L A C O L E G I A D A P E N A L.

E D I C T O S

DR. JORGE ARMANDO VENTURA GARCÍA. (PERITO)

DOMICILIO: IGNORADO.

Que en el toca penal marcado con el número 232/2018 relativo al recurso de apelación interpuesto por el Defensor del sentenciado JOSÉ ISRAEL SANTANA PÉREZ (A) "ALUX" (O) "MORRO", quien lo es el Público de la adscripción, en contra de la sentencia definitiva de Primera Instancia de fecha 10 de febrero del año 2016, dictada por el entonces Juez Cuarto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado en la causa penal 139/2014, actualmente migrada al Juzgado Segundo del mismo ramo, bajo el nuevo número de causa penal 735/2014, en la que se declaró PENALMENTE RESPONSABLE al citado sentenciado SANTANA PÉREZ del delito de ROBO, denunciado por María de los Ángeles González González e imputado por la Representación Social; se ha dictado un acuerdo que es del tenor literal siguiente: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Mérida, Yucatán, a 28 veintiocho de noviembre del año 2019 dos mil diecinueve.---------------------------------- Vista la constancia levantada por el Secretario de Acuerdos de esta Sala Colegiada Penal el 22 veintidós de los cursantes, en la que se advierte que no compareció ante este Órgano Jurisdiccional la doctora MIRIAM JUÁREZ HERNÁNDEZ a la diligencia de ratificación del contenido y las firmas que obran como suyas en 2 DOS EXÁMENES DE INTEGRIDAD FÍSICA, ambos de fecha 19 diecinueve de febrero de 2014 dos mil catorce, el primero realizado en la persona de María de los Ángeles González González, y el segundo practicado en la persona del ahora sentenciado JOSÉ ISRAEL SANTANA PÉREZ (A) “ALUX” (O) “MORRO”, los cuales se encuentran agregados a fojas 4 cuatro y 9 nueve de la causa penal 735/2014 del índice del extinto Juzgado Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, actualmente migrada al Juzgado Primero del mismo ramo con número de registro 1330/2014, la cual dio origen al presente toca penal, tal como le fue ordenado a la doctora MIRIAM JUÁREZ HERNÁNDEZ, mediante proveído de fecha 12 doce de noviembre del año en curso, no obstante haber sido debidamente notificada del contenido de dicho acuerdo por medio de edictos que fueron publicados 3 tres veces consecutivas en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, en fechas 14 catorce, 15 quince y 19 diecinueve de noviembre del presente año, bajo los números 34,031 treinta y cuatro mil treinta y uno, 34, 033 treinta y cuatro mil treinta y tres y 34,035 treinta y cuatro mil treinta y cinco, respectivamente, según se advierte de la constancia actuarial que obra en autos del presente toca penal, por lo que a fin de no retrasar el presente procedimiento en perjuicio de las partes procesales, resulta procedente declarar como desde luego se declaran AGOTADOS TODOS LOS MEDIOS LEGALES DISPONIBLES para hacer comparecer a la doctora MIRIAM JUÁREZ HERNÁNDEZ, a la diligencia de ratificación que se menciona en líneas precedentes, para todo los efectos legales que correspondan.----------------------------------------------------------- En otro orden de ideas, vistos los autos y constancias que conforman el presente toca penal, en especial la constancia levantada el pasado 15 quince de noviembre del año en curso, por la Actuaria adscrita a esta Sala Colegiada Penal, en la que se aprecia que al constituirse nuevamente al predio marcado con el número 180 ciento ochenta de la calle 26 veintiséis por 25 veinticinco y 27 veintisiete del municipio de Hunucma, Yucatán a fin de notificarle el acuerdo de fecha 12 doce de los corrientes, al doctor JORGE ARMANDO VENTURA GARCIA, le fue imposible realizar la notificación en comento, toda vez que estando en el predio en cuestión y después de hablar en repetidas ocasiones, salió una persona del sexo femenino atendiendo su llamado de nombre Martha García Solís, misma persona quien no se identificó manifestándole que su buscado es su hijo, pero que él ya no vive en ese predio, en virtud de que se fue hace como 6 seis meses a hacer su residencia a la Ciudad de México, y que ahí radicaría; lo anteriormente relatado concatenándolo con la información vertida en la constancia levantada el 22 veintidós de noviembre del presente año, por el Secretario de Acuerdos de esta Sala Colegiada Penal, en la que se advierte que no compareció el doctor Jorge Armando Ventura García a la diligencia de ratificación del contenido y las firmas que obran como suyas en 2 DOS EXÁMENES DE INTEGRIDAD FÍSICA, ambos de fecha 19 diecinueve de febrero de 2014 dos mil catorce, el primero realizado en la persona de María de los Ángeles González González, y el segundo practicado en la persona del ahora sentenciado JOSÉ ISRAEL SANTANA PÉREZ (A) “ALUX” (O) “MORRO”, los cuales se encuentran agregados a fojas 4 cuatro y 9 nueve de la causa penal 735/2014 del índice del extinto Juzgado Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, actualmente migrada al Juzgado Primero del mismo

ramo con número de registro 1330/2014, la cual dio origen al presente toca penal. Ante lo expuesto y con la finalidad de no retrasar la secuela procedimental en este asunto, privilegiando una justicia pronta y expedida a favor de las partes intervinientes, este Tribunal de alzada estima conveniente diferir como desde luego se difiere la diligencia de ratificación antes mencionada, fijándose como nueva fecha y hora para su perfeccionamiento el día 6 SEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE, A LAS 09:00 NUEVE HORAS, misma que habrá de tener lugar en el local que ocupa las instalaciones de esta Sala Colegiada Penal en el interior del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán. En las relatadas condiciones, se puede apreciar de los autos que integran el presente toca penal que hasta la presente fecha no ha sido posible localizar al doctor Jorge Armando Ventura García en los domicilios que fueron proporcionados por las diversas autoridades administrativas como donde posiblemente habita, luego entonces, es claro que el doctor Jorge Armando Ventura García es de domicilio ignorado; por lo tanto, con fundamento en el artículo 65 sesenta y cinco del Código de Procedimientos en Materia Penal, aplicable, resulta pertinente notificarle el contenido del presente acuerdo por medio de EDICTOS PUBLICADOS POR 03 TRES DÍAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, haciéndole saber que deberá asistir puntualmente en la hora y fecha señaladas con antelación, para el desahogo de la diligencia de ratificación, acompañado de una identificación oficial con fotografía (credencial para votar, licencia de conducir, cédula profesional, pasaporte u otro documento análogo). -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Finalmente, hágase del conocimiento el contenido del presente acuerdo al Licenciado en Derecho José Arturo Sosa Kú, adscrito a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, quien funge en esta segunda instancia como asesor jurídico de la víctima María de los Ángeles González González, para los efectos legales que procedan, por medio de atento oficio que al efecto se gire a su superior jerárquico. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. --------------------------------------------------------------------------------------------------- Así lo acuerdan y firman los Magistrados que integran la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán: Primera, Abogada Ligia Aurora Cortés Ortega; Segundo, Doctor en Derecho Luís Felipe Esperón Villanueva; y Tercero, Doctor en Derecho Marcos Alejandro Celis Quintal, bajo la Presidencia de la Primera de los nombrados, asistidos del Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciado en Derecho Raúl Antonio Villanueva Jiménez. LO CERTIFICO. ---------------------------------------- L. A. CORTÉS O. --------- L. F. ESPERÓN V. ------- M. A. CELIS Q. ------------------------------------------------------------------- R. A. VILLANUEVA J.--------- “RÚBRICAS”. ----------------------------------------------------------- Y por cuanto se asegura que Usted es de DOMICILIO IGNORADO, y por estar así ordenado en autos, procedo a notificarle el acuerdo que antecede, por medio EDICTOS que se publicarán por 3 tres días consecutivos en el Diario Oficial del Gobierno del Estado.

Fundamento de Derecho: artículo 65 sesenta y cinco del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado. Doy fe. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Mérida, Yucatán, a 3 de Diciembre de 2019.

LA C. ACTUARIA DE LA SALA COLEGIADA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO. LICDA. WENDY NOEMI COUOH GONGORA. Publíquese los días 4, 5 y 6 de diciembre de 2019.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE YUCATAN. S A L A C O L E G I A D A C I V I L Y F A M I L I A R.

AUDIENCIA DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 2019.

EDUARDO AZARCOYA PONCE; SIENDO SU APODERADO FRANCISCO LORENZO ALCOCER CALDERÓN.

DAVID ALEJANDRO NOVELO MENA. (ALBACEA)

ARQUIDIÓCESIS DE YUCATÁN, ASOCIACIÓN RELIGIOSA; SIENDO SU APODERADA TERESITA DE JESÚS ANGUAS ZAPATA.

MARÍA EUGENIA AZARCOYA PONCE TAMBIÉN CONOCIDA COMO MARÍA EUGENIA DE LA CARIDAD DEL COBRE AZARCOYA PONCE.

"DISPENSARIO MARÍA SOLEDAD", ASOCIACIÓN CIVIL DE LAS HERMANAS SIERVAS DE MARÍA, POR SU PROPIO Y PERSONAL DERECHO Y COMO CESIONARIA DE LOS DERECHOS Y ACCIONES QUE LES CORRESPONDÍAN A COMPAÑÍA DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD DE SAN VICENTE DE PAUL, PROVINCIA MEXICANA, ASOCIACIÓN RELIGIOSA; SIENDO SUS APODERADAS MARÍA DEL ROSARIO RODRÍGUEZ GARCÍA Y VERÓNICA GUTIÉRREZ RAMÍREZ.

SUCESIÓN INTESTADA DE LA SEÑORA BERTHA MARÍA OJEDA CARDEÑA; SIENDO SU ALBACEA XAVIER DE MARTÍN AGUILAR OJEDA.

TOCA PARA LA SUBSTANCIACIÓN DE LOS RECURSOS DE APELACIÓN INTERPUESTOS, EL...

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