Nota introductoria

AutorRuperto patiño Manffer
CargoFacultad de Derecho, UNAM. Enero de 2009
Páginas15-16

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Un nuevo número de Criminogenesis es motivo de celebración y de reflexión; celebramos, y pluralizo, porque comparto la alegría con quienes participan y contribuyen a que la revista se esté convirtiendo en un referente para la comunicación de los pensamientos, propuestas, y análisis de los temas clásicos y de frontera en Criminología y Derecho Penal; y de reflexión, porque le es propio a las revistas ser el cauce natural por el cual las ideas en torno a nuestra realidad transitan de manera más rápida, procurando aprehender la parte de que se ocupan para orientarnos, al tiempo que son la punta de lanza en la comprensión de los procesos de cambio en los que nos encontramos inmersos.

Debo confesar que cuando Alejandro Carlos Espinosa me invitó a realizar la nota introductoria, la razón me fue asaltada por la manera en cómo debería discurrir en un foro en el que los convidados son peritos en Criminología y Derecho Penal; no debo negar que el temor de errar me asusta, pues algunos nos hemos equivocado y de ello hemos aprendido, sin embargo, nos ha sido dada la oportunidad de la duda respecto de lo que investigamos y luego comunicamos a nuestros pares, y a quienes se interesan en el mundo de lo jurídico. Por tanto, en este sentido, debemos conservar la duda y la sospecha como formas de aproximarnos al estudio de lo jurídico, sin abandonar nuestro compromiso de decir, indicar, y contribuir a mejorar nuestro entorno. Dicho lo anterior, sírvanos estas líneas para refrendar el compromiso con nuestra res-Page 16ponsabilidad como ciudadanos y académicos interesados en nuestra vida institucionalizada, y en todo lo que favorece a la difusión de la cultura jurídica.

Uno de los temas sobre los que quisiera llamar la atención, es el de ¿qué ocurre con la ley misma? Es decir con la ley penal, en el sentido de su eficacia; cuando los académicos y quienes se dedican a la investigación de los temas de esa materia se refieren a ello, señalan con puntualidad la distancia que separa las buenas intenciones de nuestras leyes, y la cruda realidad, en la que esas buenas intenciones no logran consolidarse como lo constante. Las fallas, por supuesto, podemos buscarlas en la ley misma, en las instituciones, en el retiro del Estado de sus compromisos y fines para los que se ha creado, la no funcionalidad de sus instituciones. Y...

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