NOM-026-STPS-2008. Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías. (Publicada en el D.O.F. del 25 de noviembre de 2008)

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EDICIONES FISCALES ISEF
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NOM-026-STPS-2008. COLORES Y SEÑALES DE
SEGURIDAD E HIGIENE, E IDENTIFICACION DE
RIESGOS POR FLUIDOS CONDUCIDOS EN TU-
BERIAS
Publicada en el D.O.F. del 25 de noviembre de 2008
1. OBJETIVO
Establecer los requerimientos en cuanto a los colores y señales
de seguridad e higiene y la identificación de riesgos por fluidos con-
ducidos en tuberías.
2. CAMPO DE APLICACION
2.1 Esta Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos
los centros de trabajo, excepto lo establecido en el apartado 2.2.
2.2 La presente Norma no aplica en:
a) La señalización para la transportación terrestre, marítima, fluvial
o aérea, que sea competencia de la Secretaría de Comunicaciones
y Transportes;
b) La identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías
subterráneas u ocultas, ductos eléctricos y tuberías en centrales nu-
cleares; y
c) Las tuberías instaladas en las plantas potabilizadoras de agua,
así como en las redes de distribución de las mismas, en lo referente
a la aplicación del color verde de seguridad.
3. REFERENCIAS
Para la correcta interpretación de esta Norma, debe consultarse la
siguiente Norma Oficial Mexicana vigente o la que la sustituya:
NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunica-
ción de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los
centros de trabajo.
4. DEFINICIONES Y SIMBOLOGIA
Para los efectos de esta Norma, se establecen las definiciones y
simbología siguientes:
4.1 Definiciones
4.1.1 Banda de identificación: disposición del color de seguridad
en forma de cinta o anillo transversal a la sección longitudinal de la
tubería.
4.1.2 Color de seguridad: color de uso especial y restringido,
cuya finalidad es indicar la presencia de peligro, proporcionar infor-
mación, o bien prohibir o indicar una acción a seguir.
4.1.3 Color contrastante: aquel que se utiliza para resaltar el co-
lor de seguridad.
4.1.4 Dictamen de verificación: documento que emite y firma la
Unidad de Verificación, en el cual se resume el resultado de la ve-
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rificación de cumplimiento con esta Norma Oficial Mexicana en un
centro de trabajo.
4.1.5 Evaluación de la conformidad: determinación del grado de
cumplimiento con la Norma Oficial Mexicana.
4.1.6 Fluidos: sustancias líquidas o gaseosas que, por sus carac-
terísticas fisicoquímicas, no tienen forma propia, sino que adoptan la
del conducto que las contiene.
4.1.7 Fluidos peligrosos: líquidos y gases que pueden ocasionar
un accidente o enfermedad de trabajo por sus características intrín-
secas; entre éstos se encuentran los inflamables, combustibles, ines-
tables que puedan causar explosión, irritantes, corrosivos, tóxicos,
reactivos, radiactivos, los que impliquen riesgos por agentes bioló-
gicos, o que se encuentren sometidos a condiciones extremas de
presión o temperatura en un proceso.
4.1.8 Fluidos de bajo riesgo: líquidos y gases cuyas caracterís-
ticas intrínsecas no son peligrosas por naturaleza, y cuyas condicio-
nes de presión y temperatura en el proceso no rebasan los límites
establecidos en la presente Norma.
4.1.9 Procedimiento para la evaluación de la conformidad
(PEC): metodología establecida para determinar el grado de cumpli-
miento con la presente Norma Oficial Mexicana.
4.1.10 Señal de seguridad e higiene: sistema que proporciona
información de seguridad e higiene. Consta de una forma geométri-
ca, un color de seguridad, un color contrastante y un símbolo.
4.1.11 Símbolo: elemento gráfico para proporcionar información
de manera concisa.
4.1.12 Tuberías: conducto formado por tubos, conexiones y acce-
sorios instalados para conducir fluidos.
4.1.13 Unidad de verificación (UV): persona física o moral acre-
ditada y aprobada para llevar a cabo la verificación del cumplimiento
con la Norma Oficial Mexicana.
4.1.14 Verificación: constatación ocular y comprobación median-
te muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de docu-
mentos que se realizan para evaluar la conformidad en un momento
determinado.
4.2 Simbología
cm2: centímetro cuadrado
°: grados (unidad de ángulo)
°C: grados Celsius o centígrados
kg/cm2: kilogramo por centímetro cuadrado
kPa: kilopascal
lx: lux
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m: metro
m2: metro cuadrado
mm: milímetro
π: Pi
%: por ciento
≥: mayor o igual
5. OBLIGACIONES DEL PATRON
5.1. Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así se lo soli-
cite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar o
poseer.
5.2 Proporcionar capacitación a los trabajadores sobre la correcta
interpretación de los elementos de señalización del centro de trabajo.
5.3 Garantizar que la aplicación del color, la señalización y la iden-
tificación de la tubería estén sujetos a un mantenimiento que asegure
en todo momento su visibilidad y legibilidad.
5.4 Ubicar las señales de seguridad e higiene de tal manera que
puedan ser observadas e interpretadas por los trabajadores a los que
están destinadas, evitando que sean obstruidas o que la eficacia de
éstas sea disminuida por la saturación de avisos diferentes a la pre-
vención de riesgos de trabajo.
Las señales deben advertir oportunamente al observador sobre:
i) La ubicación de equipos o instalaciones de emergencia;
ii) La existencia de riesgos o peligros, en su caso;
iii) La realización de una acción obligatoria; o
iv) La prohibición de un acto susceptible de causar un riesgo.
6. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
6.1 Participar en las actividades de capacitación a que se refiere
el apartado 5.2.
6.2 Respetar y aplicar los elementos de señalización establecidos
por el patrón.
7. COLORES DE SEGURIDAD Y COLORES CONTRASTANTES
En el presente capítulo se indican los colores de seguridad y con-
trastantes, así como su significado. No se incluye el significado de
colores utilizados en códigos específicos ni los establecidos en la
7.1 Colores de Seguridad
Los colores de seguridad, su significado y ejemplos de aplicación
se establecen en la tabla 1 de la presente Norma.

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