NOM-213-SCFI-2018: Recipientes portátiles y recipientes transportables sujetos a presión, para contener gas licuado de petróleo. Especificaciones de fabricación, materiales, métodos de prueba e identificación (cancela a la NOM-008-SESH/SCFI-2010).

Fecha04 Octubre 2019
Número de NOMNOM-213-SCFI-2018
EstatusDEFINITIVA
EmisorCOMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
Actividad EconómicaAGUA Y SUMINISTRO DE GAS POR DUCTOS
DOF: 04/10/2019
NORMA Oficial Mexicana NOM-213-SCFI-2018, Recipientes portátiles y recipientes transportables sujetos a
presión, para contener
gas licuado de petróleo. Especificaciones de fabricación, materiales, métodos de prueba e id entificación (can cela a la NOM-008-
SESH/SCFI-2010).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SE.- Secretaría de Economía.-
Dirección General de Normas.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-213-SCFI-2018, RECIPIENTES PORTÁTILES Y RECIPIENTES
TRANSPORTABLES SUJETOS A
PRESIÓN, PARA CONTENER GAS LICUADO DE PETRÓLEO. ESP ECIFICACIONES DE FABRICACIÓN, MATERIALES, MÉTODOS DE
PRUEBA E IDENTIFICACIÓN (CANCELA A LA NOM-008-SESH/SCFI-2010).
ALFONSO GUATI ROJO SÁNCHEZ, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de l a
Ley Orgánica de la Adm inistración Pública Federal; 39, fracción V, 40, fracciones I y II, 47, fracción IV de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, y 22 fracciones I, IV, IX, X y XXV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 3 de mayo de 2018, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, aprobó la
publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-213-SCFI-2017, RECIPI ENTES PARA CONTENER GAS L.P.,
TIPO D ESMONTABLE. ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELARÁ A LA NOM-0 08-SESH/SCFI-2010), la
cual se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 8 de agosto de 2018, con objeto de que los interesados presentaran sus
comentarios;
Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir del día siguiente de l a fecha de publicación de dicho Pro yecto de
Norma Oficial Mexicana, el Análisis de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados
presentaron comentarios sobre el contenido del citado Proyecto de Norma Oficial Mexicana, mismos que fueron analizados por el
grupo de trabajo, realizándose las modificaciones conducentes a éste;
Que el 27 de no viembre de 2018, el C omité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía aprobó la
NOM-213-SCFI-2018;
Que la L ey Federal sobre Metrología y Normalización establece que las Normas Oficiales M exicanas se constituyen como el
instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, expide la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-213-
SCFI-2018, RECIPIENTES PORTÁTILES Y RECIPIENTES TRANSPORTABLES SUJETOS A PRES IÓN, PARA C ONTENER
GAS LICUADO DE PETRÓLEO. ESPECIFICACIONES DE FABRICACIÓN, MATERIALES, MÉTODOS DE PRUEBA E
IDENTIFICACIÓN (CANCELA A LA NOM-008-SESH/SCFI-2010), SINEC-20181122133548323.
Ciudad de México, a 5 de junio d e 2019.- E l Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización de la Secretaría de Economía, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-213-SCFI-2018, RECIPIENTES PORTÁTILES Y RECIPIENTES
TRANSPORTABLES SUJETOS A PRESIÓN, PARA CONTENER GAS LICUADO DE PETRÓLEO.
ESPECIFICACIONES DE FABRICACIÓN, MATERIALES, MÉTODOS DE PRUEBA E IDENTIFICACIÓN
(CANCELA A LA NOM-008-SESH/SCFI-2010)
Prefacio
La elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana es competencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la
Secretaría de Economía (CCONNSE) integrado por:
·Secretaría de Economía.
·Secretaría de Salud.
·Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
·Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
·Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
·Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
·Secretaría de Turismo.
·Secretaría del Bienestar.
·Secretaría de Gobernación.
·Secretaría de Energía.
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·Centro Nacional de Metrología.
·Comisión Federal de Competencia Económica.
·Procuraduría Federal del Consumidor.
·Comisión Nacional del Agua.
·Instituto Mexicano del Transporte.
·Cámara Nacional de la Industria de Transformación.
·Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.
·Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos.
·Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales.
·Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana.
·Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México.
·Consejo Nacional Agropecuario.
·Universidad Nacional Autónoma de México.
·Instituto Politécnico Nacional.
Con objeto de el aborar la presente No rma Oficial Mexicana, se constituyó un Grupo de Trabajo con la participación voluntaria
de los siguientes actores:
·Administración de Servicio de Gas Licuado de Petróleo
·Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente.
·A&E Intertrade S. A. de C. V.
·Asociación de Normalización y Certificación, A. C.
·Asociación Mexicana de Empresarios Gasolineros, A. C.
·Asociación Mexicana de Fabricantes de Recipientes a Presión para Gas Licuado de Petróleo, A.C.
·Cámara Regional del Gas A.C.
·Comisión Reguladora de Energía.
Con el objeto de dar cumplimiento a los artículos 6, 7, fracciones I, IV, V, IX y XI, 8, fracciones I, II, II, VII, IX, X, XII, XIII, XIV y
XV y 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria (LGMR), relativos a la mejora r egulatoria, simplificación de trámites, servicios y
reducción de costos, esta Dirección General de Normas a través de la plataforma Sistema de Normalización y Evaluación de la
Conformidad (SINEC), podrá recibir, tramitar y desahogar de manera electrónica los dos trámites siguientes:
SE-04-004 Autorización de Trazabilidad hacia Patrones Nacionales o Extranjeros.
SE-04-014 Autorización para la importación de muestras de mercancías suj etas a normas
oficiales mexicanas competencia de la Secretaría de Economía.
Con lo anterior, se da cumplimiento a los preceptos de simplificación regulatoria.
Índice del contenido
1. Objetivo y campo de aplicación
2. Referencias Normativas
3. Términos, definiciones y términos abreviados
4. Clasificación
5. Requisitos generales
6. Recipientes de acero al carbono y de acero microaleado (Clase I)
7. Recipientes de acero inoxidable (Clase II)
8. Recipientes de materiales compuestos (Clase III)
9. Marcado
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10. Válvula de servicio
11. Muestreo
12. Métodos de prueba
13. Procedimiento para la evaluación de la conformidad (PEC)
14. Sanciones
15. Vigilancia
16. Concordancia con normas internacionales y normas mexicanas
APÉNDICE NORMATIVO 11 COMPOSICIÓN QUÍMICA Y PROPIEDADES MECÁNICAS DE LOS ACEROS INOXIDABLES
APÉNDICE NORMATIVO 22 COMPATIBILIDAD DEL GAS LICUADO DE PETRÓLEO CON OTROS MATERIALES
APÉNDICE NORMATIVO 33 COMPATIBILIDAD DEL GAS LICUADO DE PETRÓLEO CON MATERIALES NO METÁLICOS
17. Bibliografía
TRANSITORIOS
1. Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones técnicas mínimas de diseño, de fabricación y de seguridad, así
como los métodos de prueba que como mínimo, deben cumplir los recipientes t ransportables sujetos a presión y los recipientes
portátiles para contener Gas Licuado de Petróleo reabastecibles, con capacidad de almacenamiento nominal de hasta 45 kg, que
se utilicen en los Estados Unidos Mexicanos para la distribución o expendio al público de dicho petrolífero.
2. Referencias Normativas
Los siguientes documentos normativos vigentes o aquellos que los cancelen, modifiquen o sustituyan son indispensables para
la aplicación de esta Norma Oficial Mexicana:
2.1 Norma Oficial Mexicana NOM-197-SCFI-2017, Válvula que se utiliza en recipientes transp ortables para conte ner gas L.P.
Especificaciones y métodos de prueba, fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación el 2018-08-17.
2.2 Norma Mexicana NMX-B-086-1991, Guía para examen radiográfico (cancela a la NOM-B-86-1987), fecha de publicación
en el Diario Oficial de la Federación el 1992-01-03.
2.3 Norma Mexicana NMX-B-172-CANACERO-2018, Industria Siderúrgica-Métodos de prueba mecánicos para productos de
acero y hierro (cancela a la NMX-B-172-CANACERO-2013), fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación el
2018-11-01.
2.4 Norma Mexicana NMX-B-266-1989, Requisitos generales para lámina laminada en caliente y en frío, de acero al carbono y
de acero de baja aleación y alta resistencia (Cancela a la NOM-B-266-1982), fecha de publicación en el Diario Oficial de la
Federación el 1989-12-14.
2.5 Norma Mexicana NMX-B-80-1978, Métodos de prueba mecánicos para juntas soldadas, fecha de publicación en el Diario
Oficial de la Federación el 1978-12-28 y sus modificaciones.
2.6 Norma Mexicana NMX-X-045-SCFI-2008, Industria del gas-Resistencia a la corrosión de partes metálicas o no metálicas
con o sin recubrimiento-Método de prueba, fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación el 2009-06-09.
2.7 Norma Mexicana NMX-X-15-1981, Recipientes sujetos a presión-Comportamiento elástico-Método de prueba. (Esta norma
cancela a la NOM-X-15-1964), fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación el 1981-07-13.
2.8 Norma Mexicana NMX-Z-012/1-1987, Muestreo para la inspección por atributos-Parte 1: Información general y
aplicaciones. ( Esta norma cancela la NOM-Z-12/1-1975 y la NOM-Z-12/4-1977), fecha de publicación en el Diario Oficial de la
Federación el 1987-10-28.
2.9 Norma Mexicana NMX-Z-012/2-1987, Muestreo para la inspección por atributos-Parte 2: Métodos de muestreo, tablas y
gráficas. (Esta norma cancela la NOM-Z-12/2-1975 y la NOM-Z-12/3-1975), fecha de publicación en el Diario Oficial de la
Federación el 1987-10-28.
2.10 Norma Mexicana NMX-Z-012/3-1987, Muestreo para la inspección por atributos-Parte 3: Regla de cálculo para la
determinación de pla nes de mu estreo. (Esta norma cancela la NOM-Z-12/5-1980), fecha de publicación en el Diario Oficial de la
Federación el 1987-07-31.
2.11 Norma Mexicana DGN-122-1973, Determinación de las propiedades de resistencia a la corrosión de partes metálicas con
recubrimientos, empleadas en vehículos a utomotores-Método de niebla salina, fecha de publicación en el Diario Oficial de la
Federación el 1974-01-07.
3. Términos, definiciones y términos abreviados
Para los propósitos de esta Norma Oficial Mexicana, los siguientes términos, definiciones y términos abreviados son
aplicables.
3.1 acero inoxidable
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