Nociones esenciales
Páginas | 7-59 |
Autor | Alma Rosa Frías Enríquez,María de Jesús Medina Arellano,Pamela Rodríguez Padilla |
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III. NOCIONES ESENCIALES
1. Responsabilidad médica: marco legal
Desde la constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1946, en
la Conferencia Sanitaria Internacional celebrada con representantes de sesenta y un
Estados, se refirió a la salud como “el estado de completo bienestar físico, mental y
social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”, definición que no ha
sido modificada desde 1948(OMS, 2020).
En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración
Universal de Derechos Humanos, documento de gran valor histórico puesto que,
después de la segunda guerra mundial, los Estados integrantes expresaron la
preocupación por sentar bases que permitiera el reconocimiento del valor de la persona,
por lo que se buscó resaltar una serie depretensiones fundamentales y comunes hacia
todas que permitieran el goce de su dignidad. En ella se promueve como ideal común el
de que todas las naciones se esfuercen en respetar y promover medidas progresivas
para su aplicación universal y efectiva.
Así, en lo relativo al derecho a la salud, los artículos 22 y 25 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos, establecen el derecho de toda persona, a la seguridad
social,a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales,
indispensables a su dignidad y libre desarrollo de su personalidad; asimismo, el derecho
a un nivel de vida adecuado a la salud y a la asistencia médica(ONU, 1948).
En 1966 fue adoptado el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales(ONU, 1966), el artículo 12 establece que los Estados que forman parte de
dicho pacto reconocen el derecho a toda persona al disfrute del más alto nivel posible de
salud física, señalando entre las medidas que deberán adoptarse, la creación de
condiciones que asegurarána todas las personasasistencia y servicios médicosen caso
de enfermedad.
El artículo 12 del citado Pacto Internacional, es considerado como el artículo más
exhaustivo del derecho internacional de los derechos humanos sobre el derecho a la
salud. Considerando que el derecho a la salud está estrechamente vinculado con el
Responsabilidad administrativa, civil y penal del profesional de la salud
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ejercicio de otros derechos humanos, por lo que, con el fin de establecer los alcances de
las obligaciones en materia de salud que los Estados parte tienen, derivado de este
instrumento internacional, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
emitió la observación general 14(2000), en la que se consideró que la efectividad del
derecho a la salud puede alcanzarse con la formulación de políticas en materia de salud,
o la adopción de instrumentos jurídicos concretos, considerándose además que deben
abarcar determinados componentes aplicables en razón a la ley como el principio de no
discriminación.
Se realizaron diversas consideraciones, entre las que destacan: el derecho a la
salud no debe entenderse únicamente como el derecho a estar sano, sino también a las
libertades de la persona de controlar su salud y el cuerpo; así como que el derecho a la
salud debe entenderse como un derecho al disfrute de facilidades, bienes, servicios y
condiciones necesarias para alcanzar elnivel más alto posible. Se consideró que el
derecho a la salud abarca como elementos esenciales e interrelacionados, los siguientes:
disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad,estableciéndose que su aplicación
dependerá de las condiciones prevalecientes en un determinado Estado. A continuación,
se transcribeel contenido deestos elementos:
a)Disponibilidad. Cada Estado Parte deberá contar con un número suficiente de
establecimientos, bienes y servicios públicos de salud y centros de atención de la salud,
así como de programas. La naturaleza precisa de los establecimientos, bienes y servicios
dependerá de diversos factores, en particular el nivel de desarrollo del Estado Parte. Con
todo, esos servicios incluirán los factores determinantes básicos de la salud, como agua
limpia potable y condiciones sanitarias adecuadas, hospitales, clínicas y demás
establecimientos relacionados con la salud, personal médico y profesionalcapacitado y
bien remunerado habida cuenta de las condiciones que existen en el país, así como los
medicamentos esenciales definidos en el Programa de Acción sobre medicamentos
esenciales de la OMS.
b)Accesibilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser
accesibles a todos, sin discriminación alguna, dentro de la jurisdicción del Estado Parte. La
accesibilidad presenta cuatro dimensiones superpuestas:
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i)No discriminación: los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser
accesibles, de hecho y de derecho, a los sectores más vulnerables y marginados de la
población, sin discriminación alguna por cualquiera de los motivos prohibidos.
ii)Accesibilidad física: los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán
estar al alcance geográfico de todos los sectores de la población, en especial los grupos
vulnerables o marginados, como las minorías étnicas y poblaciones indígenas, las mujeres,
los niños, los adolescentes, las personas mayores, las personas con discapacidades y las
personas con VIH/SIDA. La accesibilidad también implica que los servicios médicos y los
factores determinantes básicos de la salud, como el agua limpia potable y los servicios
sanitarios adecuados, se encuentran a una distancia geográfica razonable, incluso en lo
que se refiere a las zonas rurales. Además, la accesibilidad comprende el acceso adecuado
a los edificios para las personas con discapacidades.
iii)Accesibilidad económica (asequibilidad): los establecimientos, bienes y
servicios de salud deberán estar al alcance de todos. Los pagos por servicios de atención
de la salud y servicios relacionados con los factores determinantes básicos de la salud
deberán basarse en el principio de la equidad, a fin de asegurar que esos servicios, sean
públicos o privados, estén al alcance de todos, incluidos los grupos socialmente
desfavorecidos. La equidad exige que sobre los hogares más pobres no recaiga una carga
desproporcionada, en lo que se refiere a los gastos de salud, en comparación con los
hogares más ricos.
iv)Acceso a la información: ese acceso comprende el derecho de solicitar, recibir
y difundir información e ideas acerca de las cuestiones relacionadas con la salud. Con todo,
el acceso a la información no debe menoscabar el derecho de que los datos personales
relativos a la salud sean tratados con confidencialidad.
c)Aceptabilidad. Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán
ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados, es decir respetuosos de la
cultura de las personas, las minorías, los pueblos y las comunidades, a la par que sensibles
a los requisitos del género y el ciclo de vida, y deberán estar concebidos para respetar la
confidencialidad y mejorar el estado de salud de las personas de que se trate.
d)Calidad. Además de aceptables desde el punto de vista cultural, los
establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser también apropiados desde el
punto de vista científico y médico y ser de buena calidad. Ello requiere, entre otras cosas,
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