NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración
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Norma de Información Financiera C-15
DETERIORO EN EL VALOR DE LOS ACTIVOS DE LARGA DURACIÓN
Esta Norma tiene por objeto establecer las normas de valuación, presentación y revelación en el deterioro del valor de los activos de larga duración. La NIF C-15 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en diciembre de 2020, estableciendo su entrada en vigor para entidades cuyos ejercicios se inicien a partir del 1º de enero de 2022, permitiéndose su aplicación anticipada.
Capítulo/Sección /Sub-sección................................................................................................................................................ Párrafos
INTRODUCCIÓN.....................................................................................................................................................................IN1 - IN12
Preámbulo........................................................................................................................................................................IN1 - IN4
Razones para emitir la NIF C-15.................................................................................................................................................IN5
Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores.............................................................................................IN6
Bases del Marco Conceptual que se utilizaron para la elaboración de esta NIF..............................................................IN7 - IN10
Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera....................................................................IN11 - IN12
10 OBJETIVO...................................................................................................................................................................................10.1
20 ALCANCE.........................................................................................................................................................................20.1 - 20.3
30 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS........................................................................................................................................................30.1
40 NORMAS DE VALUACIÓN.................................................................................................................................................40.1 - 49.1
Pasos a seguir en el reconocimiento de una pérdida por deterioro y su reversión.....................................................................40.1
41 Identificar la presencia de indicios de deterioro del valor de un activo de larga duración.....................................41.1 - 41.4
42 Establecer el momento de efectuar la prueba de deterioro....................................................................................42.1 - 42.7
43 Identificar las UGE de la entidad...........................................................................................................................43.1 - 43.4
44 Determinar el monto recuperable..................................................................................................................44.1.1 - 44.3.25
44.1 Bases generales para su determinación............................................................................................44.1.1 - 44.1.13
44.2 Valor razonable menos costos de disposición (VRMCD)........................................................................44.2.1 - 44.2.3
44.3 Valor de uso.......................................................................................................................................44.3.1 - 44.3.25
45 Asignar los activos corporativos el crédito mercantil y otros activos intangibles con vida indefinida a las UGE............................................................................................................................................45.1 - 45.14
46 Realizar una prueba de deterioro y, en su caso, determinar y reconocer una pérdida por deterioro.......................46.1 - 46.8
47 Identificar la presencia de indicios de reversión de una pérdida por deterioro previamente reconocida................47.1 - 47.3
48 Realizar una prueba de reversión de deterioro y, en su caso, determinar y reconocer una reversión de una pérdida por deterioro..................................................................................................................48.1 - 48.7
49 Revisar la depreciación, amortización, valor residual y vida útil de los activos...............................................................49.1
50 NORMAS DE PRESENTACIÓN.......................................................................................................................................50.1 - 50.2
60 NORMAS DE REVELACIÓN......................................................................................................................................60.1.1 - 60.2.8
Revelaciones para todas las entidades....................................................................................................................60.1.1 - 60.1.3
Revelaciones para entidades públicas.....................................................................................................................60.2.1 - 60.2.8
70 VIGENCIA...............................................................................................................................................................................70.1
80 TRANSITORIOS..........................................................................................................................................................80.1 - 80.10
APÉNDICES:
Revelaciones revisadas que entrarán en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2025.....................................................................................................................................................1-3
Bases para conclusiones....................................................................................................................................................BC1 - BC34
Consejo Emisor del CINIF que aprobó la emisión de la NIF C-15
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INTRODUCCIÓN
Preámbulo
IN1 La correcta determinación del deterioro de valor de los activos de larga duración ha sido una constante preocupación de los cuerpos normativos a fin de presentar valores relevantes y confiables en los estados financieros, evitando mantener pérdidas ocultas en las cifras de los mismos.
IN2 Los grandes avances en el desarrollo tecnológico y la apertura de los mercados originan ace- leradamente nuevos productos, servicios y circunstancias no previstas que pueden causar de manera diversa deméritos importantes en los valores de los activos de larga duración de las entidades.
IN3 Cuando una entidad adquiere o produce activos de larga duración, los reconoce a su costo de adquisición considerando que los mismos generarán beneficios económicos fundadamente esperados; no obstante, si las condiciones posteriores a su adquisición cambian por eventos económicos externos a la entidad o derivados de las operaciones de esta, de tal suerte que el valor neto en libros sea mayor a los beneficios económicos futuros fundadamente esperados, es necesario ajustar el valor neto en libros con base en las nuevas condiciones para mantener consistencia con los postulados básicos en que se sustentó la valuación original de estos activos.
IN4 Si bien, las estimaciones contables son la base para determinar de forma razonable el monto de beneficios económicos futuros necesarios a generar para la recuperación de un activo, consideramos que se requieren normas específicas que orienten como determinar su recuperabilidad y que coadyuven a la consistencia y comparabilidad de información generada por las entidades.
Razones para emitir la NIF C-15
IN5 La NIF C-15 se emite para:
a) actualizar la normativa considerando los estándares internacionales; y
b) uniformar las revelaciones sobre las pérdidas por deterioro y su reversión.
Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores
IN6 Los cambios relevantes que presenta esta NIF en relación con la normativa anterior y, prin- cipalmente para la convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), son:
a) se agregan nuevos ejemplos de indicios para evaluar si existe deterioro, separando estos en:
i. fuentes externas de información;
ii. fuentes internas de información; y iii. aplicables a las inversiones en subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos ;
b) se cambia el requerimiento de usar un precio neto de venta por el de valor razonable en términos de la NIF B-17, Determinación del valor razonable, menos los costos de disposición para llevar a cabo las pruebas de deterioro;
c) se establece la opción del uso de estimaciones de los flujos de efectivo futuros y de una tasa de descuento, en términos reales;
d) se incorporan normas para el tratamiento de flujos de efectivo futuros en moneda extranjera en la determinación del monto recuperable;
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e) se modifica la NIF C-8, Activos intangibles, para indicar que la asignación del crédito mercantil debe hacerse a nivel de una unidad generadora de efectivo (UGE) que se espere será beneficiada por la sinergia de la adquisición de negocios;
f) se incorpora el reconocimiento del deterioro del crédito mercantil en dos pasos:
i. primero, comparando el valor en libros de la UGE incluido el crédito mercantil con su monto recuperable, y si este último fuese menor se genera una pérdida por deterioro; y
ii. segundo, afectando esta pérdida en primera instancia al crédito mercantil, incluso hasta dejarlo en cero, para después, si existiera un exceso de pérdida por asignar, distribuirlo a prorrata entre los demás activos de larga duración que formen parte de la UGE;
g) se elimina el cálculo del deterioro a través del valor a perpetuidad en los activos...
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