NIF B-1 Cambios contables y correcciones de errores

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INTRODUCCIÓN

Preámbulo

IN1 Uno de los requisitos básicos de la información financiera es la comparabilidad de la información que se presenta a los usuarios generales de los estados financieros. Las decisiones económicas basadas en esa información requieren la comparabilidad relativa a la situación financiera y a las operaciones de una entidad en diversas fechas y periodos para conocer la evolución de ésta en el tiempo, predecir estos datos y también para comparar esa información con la correspondiente a otras entidades, nacionales y extranjeras. Por esta razón, es necesario que los estados financieros que emite una entidad sean preparados con base en las mismas normas particulares, de periodo a periodo. Si esta consistencia no se mantiene, existe el riesgo de que la información contenida en los estados financieros pueda inducir a los usuarios a errores en su interpretación e influya en la toma de decisiones equivocadas.

IN2 Un cambio en las normas particulares o en las estimaciones contables adoptadas por una entidad para la elaboración de sus estados financieros, puede afectar importantemente la presentación de los estados financieros básicos, las tendencias que se determinan en los estados financieros comparativos, así como la historia y datos de la estadística financiera de la entidad. Por esta razón, cuando hay un cambio que afecta la comparabilidad de la información contenida en los estados financieros, dicho cambio debe ser justificado por la administración de la entidad, revelando claramente en la información los elementos de juicio que se presentaron para su justificación y el efecto que el cambio provocó en la información financiera.

Razones para emitir la NIF B-1

IN3 La principal razón de la emisión de esta NIF es promover una mayor comparabilidad de la información contenida en los estados financieros, para lo cual se estimó conveniente la incorporación a la NIF B-1, de tratamientos contables que establecen la aplicación retrospectiva de los efectos de los cambios y de la corrección de errores contables, para apreciar la información financiera como si el cambio nunca hubiera existido o el error no hubiera ocurrido. Dicho tratamiento se encuentra en concordancia con la normatividad internacional emitida por el International Accounting Standards Board (IASB).

IN4 La aplicación retrospectiva de efectos de cambios contables y corrección de errores a la información financiera de periodos anteriores que se presenta en forma comparativa, requerida por esta NIF, permite una presentación más razonable y comparable de las operaciones del año actual, ya que siendo éste el periodo del cambio, no incluirá los efectos correspondientes a periodos anteriores, como se establecía por las normas del Boletín A-7, Consistencia. Con la aplicación retrospectiva que ahora establece esta NIF, se logra que todos los periodos presentados puedan compararse con información preparada sobre las mismas bases, lo que permite un mejor análisis de las tendencias actuales de la información financiera, mejorando la calidad de esa información.

Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

IN5 La Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. (IMCP) revisó en 1993 el Boletín A-7 que había estado vigente desde 1974 y, entre otras modificaciones, cambió el nombre del Boletín al de Comparabilidad, el cual a su vez, fue modificado por el Boletín C-15, Deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición, eliminando el tratamiento de las operaciones discontinuadas y como resultado, sólo conservó el tratamiento de cambios y errores contables. Debido a los cambios observados recientemente en la normatividad internacional, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) desarrolló esta NIF B-1 a efectos de convergir con dicha normatividad internacional.

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IN6 La modificación más importante que se establece en esta NIF, es la eliminación del método requerido por el Boletín A-7, mejor conocido en el ámbito internacional como el método del efecto acumulado, mediante el cual un cambio en normas particulares se reconocía en los resultados del periodo en que ocurría, incluyendo tanto el efecto acumulado de años anteriores como el del periodo actual. En lugar de este método, la NIF B-1 requiere que los efectos de un cambio en normas particulares se reconozcan ajustando las cifras de todos los periodos afectados por el cambio que se presentan en los estados financieros, como si la nueva norma adoptada siempre se hubiera aplicado.

IN7 Considerando que en ocasiones es posible que el tratamiento retrospectivo de cambios en normas particulares y de correcciones de errores en estados financieros previamente emitidos no se pueda llevar a cabo en todos los periodos anteriores afectados, el CINIF decidió adoptar, como ya lo hizo la normatividad contable internacional, el concepto de impráctico incorporándolo a las nuevas normas de esta NIF.

Bases del Marco Conceptual que se utilizaron para la elaboración de esta NIF

IN8 Esta NIF se fundamenta en el Marco Conceptual comprendido en la serie NIF A, específicamente en la NIF A-4, Características cualitativas de los estados financieros, que establece a la comparabilidad de la información financiera contenida en los estados financieros, como una característica primaria. Esta norma también considera que los argumentos a favor de la comparabilidad no deben ser un freno a la evolución y mejoramiento de la calidad de la información financiera y que cualquier cambio que se haga y sea de efectos importantes para que esa información continúe siendo útil, debe ser justificado y dado a conocer.

Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera

IN9 Con excepción de lo mencionado en el siguiente párrafo, esta NIF converge con la normatividad contable internacional del IASB pues adopta los criterios establecidos en la NIC-8, Políticas contables, cambios en estimaciones contables y errores.

IN10 En la NIF B-1, una de las acepciones del concepto cambio contable es el cambio en la estructura del ente económico, que da lugar a que se emitan estados financieros de una entidad económica con una conformación diferente; por ejemplo, el cambio que provoca la compra o venta de una subsidiaria. Cuando ocurre un cambio de este tipo, la NIF B-1 establece que en las notas a los estados financieros de todos los periodos que se presenten, debe mostrarse información financiera pro forma relativa al nuevo ente económico. La NIC 8 no trata específicamente el concepto de cambio en la estructura del ente económico y, en consecuencia, tampoco trata las revelaciones a efectuar relativas.

OBJETIVO

1 El objetivo de esta NIF es establecer normas particulares de presentación y revelación de cambios contables y correcciones de errores.

ALCANCE

2 Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todas las entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.

La NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores , está integrada por los párrafos 1–44, los cuales tienen el mismo carácter normativo, y los Apéndices A y B que no son normativos. La NIF B-1 debe aplicarse de forma integral y entenderse en conjunto con el Marco Conceptual establecido en la serie NIF A.

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DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

3 Los términos que se listan a continuación se utilizan en esta NIF con los significados que se especifican en el glosario mostrado al final del libro:

  1. aplicación prospectiva,

  2. aplicación retrospectiva,

  3. aplicación retrospectiva parcial,

  4. cambio contable,

  5. cambio en la estructura del ente económico,

  6. cambio en estimación contable,

  7. cambio de norma particular,

  8. reclasificación,

  9. error en estados financieros previamente emitidos,

  10. impráctico, y

  11. normas particulares.

    RECONOCIMIENTO DE CAMBIOS CONTABLES Y DE CORRECCIONES DE ERRORES

    4 El efecto que provoca un cambio contable o la corrección de un error debe reconocerse e informarse de acuerdo con los lineamientos que se establecen en esta NIF, salvo que la emisión de una nueva NIF particular que dé lugar a un cambio contable, establezca normas específicas relativas al tratamiento del efecto que provoca ese cambio; por ejemplo, la nueva NIF podría establecer la posibilidad de reconocer un cambio contable mediante aplicación retrospectiva parcial, cuando así se considere conveniente.1

    5 Si la aplicación retrospectiva afecta resultados acumulados o a otras cuentas del capital o patrimonio contable, el ajuste al saldo inicial de estas cuentas debe presentarse deducido por el efecto de los impuestos a la utilidad, cuando sea aplicable.

    NORMAS DE PRESENTACIÓN Y REVELACIÓN DE CAMBIOS CONTABLES Y CORRECCIONES DE ERRORES

    Consistencia en la aplicación de las normas particulares

    6 La información que proporcionan los estados financieros debe ser confiable, relevante, comprensible y comparable. Cuando para una determinada situación se permite más de un tratamiento contable, la administración de la entidad, tomando en consideración las normas particulares, debe seleccionar aquel que mejor refleje la sustancia económica de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad, para proporcionar información más útil al usuario general.

    7 El marco conceptual establece la consistencia como un postulado del sistema contable; esto implica que a operaciones similares de la entidad debe aplicarse el mismo tratamiento contable, el cual debe permanecer a través del tiempo, en tanto no cambie su esencia económica. El marco conceptual también establece que la comparabilidad no debe ser un freno a la evolución y mejoramiento de la calidad de la información financiera. Cualquier cambio que se haga y que sea de efectos importantes para que la información financiera continúe...

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