Corte niega amparo contra reglamento antitabaco

MÉXICO, D.F., febrero 29 (EL UNIVERSAL).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó al dueño del restaurante Grupo Primera María (Carlos and Charles) el amparo en contra de la disposición que obliga a los responsables de establecimientos a impedir que se fume dentro de ellos.El demandante impugnó los artículos 53 y 62 del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, por considerar que violan la libertad de trabajo, prevista en el párrafo tercero del artículo constitucional, el cual dispone que nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento.El artículo 53 establece que si una persona está fumando en un espacio 100% libre de humo de tabaco, el propietario, administrador o responsable del establecimiento está obligado, en primera instancia, a pedirle que deje de fumar y apague su cigarro o cualquier otro producto de tabaco que haya encendido.De no hacer caso a la indicación, el responsable debe exigirle se retire del espacio 100% libre de humo de tabaco y se traslade a la zona destinada exclusivamente para fumar pero, si opone resistencia, debe negarle el servicio y en su caso, buscar la asistencia de la autoridad correspondiente, momento en que cesa su responsabilidad.El artículo 62 dispone que el espacio libre de humo de tabaco deberá ser como mínimo el doble del espacio interior aislado, y que la medición de estas áreas no podrá incluir, en ningún caso, las destinadas a la cocina, a la preparación de bebidas, a los equipos de sonido y sus operadores, a los sanitarios, terrazas o estacionamientos.Al resolver el amparo, la Segunda Sala de la Corte consideró que los preceptos impugnados no son inconstitucionales, pues sólo establecen la obligación de los responsables de un espacio 100% libre de humo de tabaco de proteger el derecho a la salud de los no...

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