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El Código Fiscal de la Federación es un ordenamiento jurídico de carácter tributario, de aplicación federal, que sirve como instrumento de la administración tributaria. Contiene derechos y obligaciones de los contribuyentes y concentra una serie de conceptos tributarios generales, aplicables a todas las leyes fiscales especiales (supletoriedad), así como las normas que regulan las instancias, solicitudes y procedimientos administrativos ante las autoridades fiscales federales.
Augusto Fernández Sagardi, en su obra “Código Fiscal Anotado y Correlacionado” señala que es el marco legal de referencia de la relación jurídica tributaria que actúa conjuntamente con las leyes fiscales aún cuando se aplique en defecto de las leyes especiales.
Artículo 1 del CFF.
Supletoriedad del Código Fiscal de la FederaciónLa supletoriedad en el ordenamiento es el mecanismo jurídico mediante el cual una ley de contenido especializado (por ejemplo la LISR) remite de manera expresa a otra de contenido general (por ejemplo el CFF) con el objeto de integrar una omisión de aquélla o para interpretar sus disposiciones de tal forma que se aplican los principios contenidos en ésta (por ejemplo la Solicitud de Devolución).
Obedece a un principio de economía e integración legislativas, para evitar reiteraciones innecesarias.
Criterios Jurisdiccionales:
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. ES SUPLETORIO DE LAS LEYES IMPOSITIVAS. (Registro: 211,228 [j 1]).
SUPLETORIEDAD DE LAS NORMAS. CUANDO OPERA (Tesis I.6o.A. J/28 [j 2])
A su vez, el Derecho Federal Común se aplica de manera supletoria a la forma de interpretar las normas fiscales (artículo 5, segundo párrafo, del CFF).
El Derecho Federal Común se aplicará en defecto del derecho fiscal federal si un ordenamiento fiscal determinado se refiere a cierta figura o término jurídico, pero no lo define o desarrolla, siempre que dentro del sistema de normas tributarias federales exista una disposición expresa que defina esa figura o término.
Criterios Jurisdiccionales:
SUPLETORIEDAD. EL ARTICULO 5o. DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION ESTABLECE EL SISTEMA DE SUPLETORIEDAD, APLICABLE A TODO EL REGIMEN TRIBUTARIO FEDERAL. (TFJA)
Registro: 199,547
Jurisprudencia
Materia(s):Común
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
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