¿Cómo nace?

AutorAlfonso Nava Negrete
Cargo del AutorProfesor de Derecho Administrativo y Derecho Fiscal, Facultad de Derecho de la UNAM
Páginas57-71
II. ¿CÓMO NACE?
LEGISLADORES Y TRIBUNALES
NORMAL es que nazca el derecho administrativo visto
como norma del órgano legislativo que autorice la Cons-
titución de cada país. A veces, sin embargo, son los tri-
bunales, cuyas sentencias y jurisprudencias poseen la
autoridad moral suficiente para que se les reconozca
normatividad y obligatoriedad. En este último caso está
el Consejo de Estado, tribunal administrativo de Fran-
cia, que durante dos siglos de existencia logró conquis-
tar la autoridad moral para hacer que su jurisprudencia
fuese el derecho administrativo que rigiera no sólo a la
administración francesa, sino también a los particula-
res en sus relaciones con ella. Meritísima labor legisla-
tiva del Consejo de Estado cuando, simultáneamente,
legislaba la Asamblea Nacional, el parlamento francés.
Ha sido tal el prestigio de la obra de este tribunal ad-
ministrativo doblemente centenario, que sirvió de mode-
lo a muchos países del mundo, especialmente de Euro-
pa y América. Conviven la jurisprudencia administrativa
del Consejo y la legislación de la Asamblea. Bien se di-
ce que el derecho administrativo francés es derecho
jurisprudencial.
Tribunales del Poder Judicial como la Suprema Corte
de Justicia de los Estados Unidos y la de Inglaterra, tam-
bién gobiernan la administración y a los administrados
a través del poderío moral de sus jurisprudencias y pre-
cedentes. Producen así un derecho administrativo para-
lelo al que legislan el Congreso y el Parlamento, res-
pectivamente, en tales países.
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