Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo.- Decreto 2/2020, con fundamento en lo establecido por el artículo 187, fracción III, de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo; 1, fracción IV, numeral 3, y 36, fracción III, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, correspondiente al ejercicio fiscal 2020; y en lo ordenado por el artículo 57, fracción I y II del Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo, el Consejo Municipal Interino del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, autoriza al Presidente del mismo, C. Fernando Lemus Rodríguez, para que emita, una resolución administrativa en la que se otorgue un estímulo fiscal consistente en la condonación del ochenta por ciento (80%) del monto de las multas a pagar derivadas de l as infracciones cometidas al Reglamento de Movilidad y Transporte del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo; al anterior Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, y al Bando de Policía y Bue

Fecha de publicación05 Octubre 2020
Número de Gaceta40
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