NOM-014-ENER-2004: Eficiencia Energética de Motores Eléctricos de Corriente Alterna, Monofásicos, de Inducción, Tipo Jaula de Ardilla, Enfriados con Aire, en Potencia Nominal de 0,180 Kw a 1,500 Kw. Límites, Método de Prueba y Marcado.

DependenciaSecretaría de Energía
ClaveNOM-014-ENER-2004
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaFabricación de Equipo de Generación Eléctrica y Aparatos y Accesorios Eléctricos
ProductoMotores electricos

NORMA Oficial Mexicana NOM-014-ENER-2004, Eficiencia energética de motores eléctricos de corriente alterna, monofásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, enfriados con aire, en potencia nominal de 0,180 kW a 1,500 kW. Límites, método de prueba y marcado.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Comisión Nacional para el Ahorro de Energía.- Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE).

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-014-ENER-2004, EFICIENCIA ENERGETICA DE MOTORES ELECTRICOS DE CORRIENTE ALTERNA, MONOFASICOS, DE INDUCCION, TIPO JAULA DE ARDILLA, ENFRIADOS CON AIRE, EN POTENCIA NOMINAL DE 0,180 kW A 1,500 kW. LIMITES, METODO DE PRUEBA Y MARCADO.

La Secretaría de Energía, por conducto de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, con fundamento en los artículos 38 fracción II, 40 fracción X, 41, 43 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 fracciones VIII y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción VI inciso c), 34 fracciones XVI, XIX y XXII y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 2, 3 fracción I y 8 fracciones I y VIII del Decreto por el que se crea la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía y 1 del Acuerdo por el que se delega en favor del Director General de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, las facultades para presidir el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, así como expedir las Normas Oficiales Mexicanas en el ámbito de su competencia, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre y 29 de octubre de 1999, respectivamente, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal define las facultades de la Secretaría de Energía, entre las que se encuentra la de expedir normas oficiales mexicanas que promuevan la eficiencia del sector energético;

Que el Programa Nacional de Normalización de 2004 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de ese mismo año, contempla la actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-014-ENER-1997, Eficiencia energética de motores de corriente alterna, monofásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, de uso general en potencia nominal de 0,180 a 1,500 kW. Límites, método de prueba y marcado, cuya finalidad es la preservación y uso racional de los recursos energéticos;

Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para la elaboración de proyectos de normas oficiales mexicanas, el presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, ordenó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-014-ENER-2003, Eficiencia energética de motores eléctricos de corriente alterna, monofásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, enfriados con aire, en potencia nominal de 0,180 kW A 1,500 kW. Límites, método de prueba y marcado; lo que se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2004, con el objeto de que los interesados presentaran sus comentarios al citado Comité Consultivo que lo propuso;

Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estuvo a disposición del público en general para su consulta y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de norma, los cuales fueron analizados por el citado Comité Consultivo, realizándose las modificaciones procedentes;

Que con fecha 17 de marzo de 2005, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-014-ENER-2003, Eficiencia energética de motores eléctricos de corriente alterna, monofásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, enfriados con aire, en potencia nominal de 0,180 kW A 1,500 kW. Límites, método de prueba y marcado;

Que en la sesión XXXI Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE), celebrada el 25 de noviembre de 2004, los miembros del Comité aprobaron por consenso la norma referida, y

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la prosecución de estos objetivos, se expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-014-ENER-2004, EFICIENCIA ENERGETICA DE MOTORES ELECTRICOS DE CORRIENTE ALTERNA, MONOFASICOS, DE INDUCCION, TIPO JAULA DE ARDILLA, ENFRIADOS CON AIRE, EN POTENCIA NOMINAL DE 0,180 kW A 1,500 kW. LIMITES, METODO DE PRUEBA Y MARCADO

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 31 de marzo de 2005.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, Carlos Domínguez Ahedo.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-014-ENER-2004, EFICIENCIA ENERGETICA DE MOTORES ELECTRICOS DE CORRIENTE ALTERNA, MONOFASICOS, DE INDUCCION, TIPO JAULA DE ARDILLA, ENFRIADOS CON AIRE, EN POTENCIA NOMINAL DE 0,180 kW A 1,500 kW. LIMITES, METODO DE PRUEBA Y MARCADO

PREFACIO

La presente Norma Oficial Mexicana fue elaborada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE), con la colaboración de los siguientes organismos, instituciones y empresas:

• ASESORIA Y PRUEBAS A EQUIPO ELECTRICO Y ELECTRONICO, S.A. DE C.V.

• ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C.

• BOMBAS GRUNDFOS DE MEXICO, S.A. DE C.V.

• CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA.

• COMPAÑIA DE MOTORES DOMESTICOS, S.A. DE C.V.

• ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACION, A.C.

• FIDEICOMISO PARA EL AHORRO DE ENERGIA ELECTRICA.

• INDUSTRIAS IEM, S.A. DE C.V.

• INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELECTRICAS.

• MABE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V.

• MOTORES US DE MEXICO, S.A. DE C.V.

• POTENCIA INDUSTRIAL, S.A.

• PROGRAMA DE AHORRO DE ENERGIA EN EL SECTOR ELECTRICO.

• ROCKWELL AUTOMATION DE MEXICO, S.A. DE C.V.

• SIEMENS, S.A. DE C.V.

• WEG MEXICO, S.A. DE C.V.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Referencias

  5. Definiciones

    4.1 Dinamómetro

    4.2 Eficiencia

    4.3 Eficiencia de prueba

    4.4 Eficiencia mínima asociada

    4.5 Eficiencia nominal (?)

    4.6 Equilibrio térmico a carga plena

    4.7 Factor de corrección del dinamómetro (FCD)

    4.8 Motor eléctrico abierto

    4.9 Motor eléctrico cerrado

    4.10 Motor eléctrico con capacitor

    4.11 Motor eléctrico de fase dividida

    4.12 Motor eléctrico de inducción

    4.13 Motor eléctrico

    4.14 Motor eléctrico monofásico

    4.15 Motor eléctrico tipo jaula de ardilla

    4.16 Potencia de entrada

    4.17 Potencia de salida

    4.18 Potencia nominal

    4.19 Régimen continuo

    4.20 Régimen nominal

    4.21 Régimen de prueba

    4.22 Torsiómetro

  6. Clasificación

  7. Especificaciones

    6.1 Eficiencia nominal de motores eléctricos monofásicos de inducción

    6.2 Eficiencia mínima asociada

    6.3 Determinación de la eficiencia

  8. Muestreo

  9. Criterios de aceptación

    8.1 Placa de datos

    8.2 Resultados de las pruebas

  10. Método de prueba

    9.1 Condiciones de la prueba

    9.2 Instrumentos de medición y equipo de prueba

    9.3 Procedimiento de prueba

  11. Marcado

  12. Vigilancia

  13. Evaluación de la conformidad

  14. Bibliografía

  15. Concordancia con las normas internacionales

  16. Transitorios

  17. Introducción

    Esta Norma Oficial Mexicana tiene la función de definir la forma en que se determina y se expresa la eficiencia nominal y mínima asociada y cuáles son los valores mínimos, con el objeto de procurar el uso racional de los recursos energéticos no renovables de la Nación.

  18. Objetivo

    Esta Norma Oficial Mexicana establece los valores mínimos de eficiencia nominal y mínima asociada, el método de prueba para su evaluación, y la especificación de marcado de la eficiencia nominal en la placa de datos de los...

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