¿En qué momento surte efectos la presentación de un movimiento de modificación de la parte variable de un salario mixto?

Páginas19-19
¿En qué momento surte efec-
tos la presentación de un mo-
vimiento de modificación de
la parte variable de un salario
mixto?
Laboro como auxiliar de recur-
sos humanos en una empresa
que se dedica a la fabricación
de material para la construcción.
El pasado 1o. de julio contraté
a un trabajador como asesor
de ventas; al darlo de alta en el
IMSS lo ingresé con un salario
mixto, y debido a las comisiones
que percibió durante agosto,
presenté el aviso de modifica-
ción salarial de la parte variable
correspondiente ante dicho
instituto, el quinto día hábil de
septiembre; sin embargo, tengo
duda en qué momento surte
efectos la presentación.
Lector de Monterrey, Nuevo León
¿En qué momento surte efectos la
presentación de un movimiento de
modificación de la parte variable de
un salario mixto?
en que entre en vigor el cambio
de salario.
Para el caso de los salarios
variables, de la parte variable en
el salario mixto y los derivados
de revisiones contractuales, que
afecten los salarios anteriores,
se considerará como fecha de
origen del cambio de salario
el primer día del mes calenda-
rio siguiente al bimestre que
sirvió de base para establecer
dicha modificación.
Según se observa, las modificaciones
de la parte variable de un salario mix-
to, hechas dentro de los plazos que
marca la LSS, surtirán efectos a partir
del primer día del mes de calendario
siguiente al bimestre que sirvió de
base para establecer la modificación.
Por tanto, la modificación efectuada
a la parte variable del salario mixto
surtió efectos a partir del 1o. de
septiembre, debido a que el aviso se
presentó dentro de los plazos seña-
lados por el artículo 34 de la LSS.
A partir del primer día del mes de
calendario siguiente al bimestre
que sirvió de base para establecer
la modificación, de acuerdo con lo
siguiente:
El artículo 53 del Racerf dispone lo
siguiente (énfasis añadido):
53. Las modificaciones al sala-
rio de los trabajadores a que se
refiere el artículo 34 de la LSS,
tratándose de salario fijo, surti-
rán efectos a partir de la fecha
Tesis selectas
SEGURIDAD
SOCIAL
Consultas de
nuestros lectores
SEGURIDAD
SOCIAL
C19
1a. quincena
septiembre 2021
Taller SS_921.indd 19Taller SS_921.indd 19 18/08/21 11:2218/08/21 11:22

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR