Acuerdo General 29/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que determina el uso obligatorio del módulo de captura del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, relativo a las sentencias dictadas en los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito
Fecha de Resolución | 10 de Septiembre de 2007 |
ACUERDO General 29/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que determina el uso obligatorio del módulo de captura del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, relativo a las sentencias dictadas en los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 29/2007, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE DETERMINA EL USO OBLIGATORIO DEL MODULO DE CAPTURA DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES, RELATIVO A LAS SENTENCIAS DICTADAS EN LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales, para el adecuado ejercicio de sus funciones;
El artículo 81, fracciones XVIII y XXXV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, confieren al Consejo de la Judicatura Federal atribuciones para establecer la normatividad y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos, así como para fijar las bases de la política informática y de información estadística que permitan conocer y planear el desarrollo del Poder Judicial de la Federación;
En sesión de dieciséis de mayo de dos mil uno, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General 28/2001, que Establece la Obligatoriedad del Uso del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, como programa automatizado de captura y reporte de datos estadísticos sobre los movimientos de asuntos del conocimiento de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con el objeto de contar con información completa, veraz, oportuna y uniforme para la adecuada toma de decisiones;
El referido sistema cuenta, además, con el módulo denominado Sentencias el que, a su vez, se conforma con dos opciones: Registro de Sentencias y Consulta de Sentencias, lo que permite, respectivamente, capturar y localizar para su consulta, las sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales;
En sesión de diecinueve de enero de dos mil cinco, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General 3/2005, por el que se dejó sin efectos el carácter imperativo del diverso 87/2003, que establece el uso obligatorio del módulo de captura del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), relativo a las Sentencias dictadas en los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, en virtud del cual, también, quedó sin efectos la supervisión por parte de la Visitaduría Judicial y se determinó que por acuerdo del Pleno o de alguna de sus Comisiones, los titulares de los tribunales de Circuito y de los juzgados de Distrito deben ingresar en el módulo correspondiente del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, las sentencias ejecutorias o resoluciones, que expresamente se indiquen;
La razón que se esgrimió para suprimir el carácter obligatorio en la captura de las sentencias pronunciadas en los órganos jurisdiccionales, se apoyó en la consideración de que se producía la saturación en la red informática que dificultaba la consulta de sentencias ejecutorias o resoluciones públicas relevantes, así como de criterios novedosos, situación que no acontece en la actualidad puesto que éstas...
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