Se modifican las Disposiciones de carácter general sobre el registro de la contabilidad, elaboración y presentación de estados financieros a las que deberán apegarse los SAR. Se publica en el DOF

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Se modifi can las Disposiciones de carácter
general sobre el registro de la contabilidad,
elaboración y presentación de estados fi nancieros
a las que deberán apegarse los SAR.
Se publica en el DOF
La SHCP dio a conocer en el DOF del pasado 24 de noviembre, la “Modificación a las Disposiciones de carácter
general sobre el registro de la contabilidad, elaboración y presentación de estados financieros a las que deberán su-
jetarse los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro”, la cual entró en vigor el 25 de noviembre de 2020.
Al respecto, se amplía al 1o. de enero de 2022, el plazo para que los participantes en los Sistemas de Ahorro para el
Retiro (SAR) apliquen las normas de información financiera emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y
Desarrollo de Normas de Información Financiera (Cinif) siguientes:
1. B-17. Determinación del valor razonable.
2. C-3. Cuentas por cobrar.
3. C-9. Provisiones, contingencias y compromisos.
4. C-16. Deterioro de instrumentos financieros por cobrar.
5. C-19. Instrumentos financieros por pagar.
6. C-20. Instrumentos financieros para cobrar principal e interés.
7. D-1. Ingresos por contratos con clientes.
8. D-2. Costos por contratos con clientes.
9. D-5 Arrendamientos.
Cabe mencionar que antes de la modificación, el plazo para aplicar las normas referidas era el 1o. de enero de 2021.
SEGURIDAD
SOCIAL
Taller de prácticas
C22
2a. quincena
diciembre 2020

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