Modificaciones al Estatuto Orgánico de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura.

Fecha de publicación02 Junio 2021
SecciónUNICA. Otros
EmisorFIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACION CON LA AGRICULTURA
MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura
MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura. Al margen un logotipo, que dice: Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura.
ESTATUTO ORGANICO DE LOS FIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACION CON LA AGRICULTURA
Los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA) integrados por cuatro fideicomisos públicos denominados Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura Ganadería y Avicultura (FONDO), Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA), Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA) y Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA), son considerados Entidades de la Administración Pública Paraestatal. Con fundamento en el artículo 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en la sesión 2 y 7 de FONDO, 1 y 3 extraordinarias de FEFA, FEGA y FOPESCA del 27 de febrero y 2 de julio de 2020 respectivamente, así como en sesión extraordinaria 1 de FONDO y extraordinaria 1 de FEFA, FEGA y FOPESCA del 21 de enero de 2021, sus Comités Técnicos autorizaron la modificación a su Estatuto Orgánico en los términos siguientes:
Artículo 6.- La Dirección General tiene adscritas las siguientes unidades administrativas.
I. Unidad de Análisis y Administración Integral de Riesgos.
II. Contraloría Interna.
III. Direcciones Generales Adjuntas.
IV. Subdirección de Proyectos y Estrategia.
Artículo 14 bis.- La Subdirección de Proyectos y Estrategia tiene como objetivo administrar el seguimiento de la estrategia institucional, los proyectos relevantes de la Institución, así como establecer y coordinar la estrategia y operación de los Centros de Desarrollo Tecnológico y tiene las siguientes funciones:
I. Diseñar e implementar el proceso de administración de la estrategia Institucional.
II. Efectuar el seguimiento a la planeación estratégica de la Institución mediante la coordinación con las Unidades Administrativas de la Institución responsables de su implementación.
III. Elaborar análisis e informes periódicos de seguimiento a la estratégica, identificando desviaciones y observaciones.
IV. Llevar a cabo el seguimiento a los principales proyectos de la institución mediante la aplicación de metodologías y herramientas que permitan la efectiva gestión de los mismos.
V. Establecer y coordinar la estrategia y operación de los Centros de Desarrollo Tecnológico integrándolos a los proyectos institucionales de FIRA
Artículo 14 bis 2.- La Subdirección de Proyectos y Estrategia tiene adscritas las siguientes unidades administrativas:
I.- Centros de Desarrollo Tecnológico.
Artículo 14 bis 3.- Los Centros de Desarrollo Tecnológico tienen como objetivo diseñar y proveer servicios de transferencia de tecnología, capacitación y consultoría para incrementar la competitividad de los productores y empresas y mejorar las competencias de los prestadores de servicios especializados y tiene las siguientes funciones:
I. Identificar, diseñar y proveer servicios de capacitación, transferencia de tecnología y consultoría a productores, prestadores de servicios especializados, intermediarios financieros y personal de FIRA en aspectos relevantes de redes de valor, competitividad y sostenibilidad de las empresas del sector rural.
II. Operar las unidades productivas, documentar y difundir los resultados técnicos de las tecnologías validadas en los propios Centros de Desarrollo Tecnológico.
III. Establecer vínculos con las principales instituciones de investigación y desarrollo, empresas y proveedores de tecnología, para impulsar el desarrollo del mercado de servicios tecnológicos del sector rural.
IV. Apoyar en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, al cumplimiento del Plan Anual de Negocios, así como en la identificación de opciones tecnológicas para la integración de las redes de valor y en el dictamen técnico de proyectos de inversión.
V. Administrar y proponer las estrategias y políticas, en conjunto con las unidades administrativas correspondientes, para la operación sustentable de los Centros de Desarrollo Tecnológico integrándolos a las estrategias y modelos de negocio de FIRA.
Artículo 15.- ...
De la I a la III...
I. Coordinar las acciones para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación y normativa aplicable en materia de acceso a la información, transparencia y protección de datos personales.
Artículo 17.- ...
De la I a la V...
VI. Coordinar las acciones para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación y normativa aplicable en materia de acceso a la información, transparencia y protección de datos personales.
Artículo 19.- ...
De la I a la V...
VI. Realizar las acciones para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación y normativa aplicable en materia de acceso a la información, transparencia y protección de datos personales.
Artículo 39.- ...
I. ...
II. Dirección de Medio Ambiente, Pesca y Redes de Valor.
Artículo 45.- La Dirección de Medio Ambiente, Pesca y Redes de Valor tiene como objetivo analizar, evaluar y divulgar información técnica asociada con los sectores objetivo de FIRA que permita desarrollar y mejorar programas y productos, así como el análisis de temas relacionados con el medio ambiente y los sectores pesquero y forestal y tiene las siguientes funciones: ...
I. ...
II. Supervisar el análisis, evaluación y divulgación de información técnica asociada con los sectores objetivo de FIRA que permita desarrollar y mejorar programas y productos. Así como diseñar mecanismos de apoyo para incentivar la innovación en el sector.
De la III a la V.
Artículo 46.- La Dirección de Medio Ambiente, Pesca y Redes de Valor tiene adscritas las siguientes unidades administrativas:
I. Subdirección de Pesca, Forestal y Redes de Valor.
II. Subdirección de Medio Ambiente.
Artículo 47.- La Subdirección de Pesca, Forestal y Redes de Valor tiene como objetivo analizar, evaluar y divulgar información técnica y económica asociada con las redes de valor de los sectores objetivo y tiene las siguientes funciones:
I. ...
II. Elaborar análisis técnicos y económicos que permitan identificar y dar seguimiento a los principales factores que influyen en la eficiencia y competitividad de las redes de valor de interés para FIRA. Así como diseñar mecanismos de soporte para incentivar la innovación en el sector,
III. Recabar, procesar y analizar información técnica de costos de producción, así como de los sectores de pesca y forestal para aportar elementos de análisis que apoyen la toma de decisiones en otras unidades administrativas de FIRA y divulgar información de carácter económico relacionada con estos sectores.
IV. Colaborar con las unidades administrativas de Promoción de Negocios en el diseño de productos y programas, así como realizar las labores de seguimiento y análisis de los sectores de pesca y forestal.
Artículo 48.- La Subdirección de Medio Ambiente tiene como objetivo analizar, evaluar y divulgar información relacionada con el medio ambiente, así como atender los temas relacionados esta materia y tiene las siguientes funciones:
I. Se deroga.
II. Se deroga
III. ...
IV. ...
Artículo 59.-...
De la I a la IV...
V.-... Se deroga
Artículo 97.- La Dirección General Adjunta de Promoción de Negocios tiene como objetivo dirigir las estrategias para integrar y establecer el Plan Anual de Negocios, para identificar, diseñar, desarrollar, autorizar y ampliar la oferta de programas, productos y servicios, tendientes a facilitar el acceso al financiamiento, fortalecer la relación de negocios con intermediarios financieros y con empresas tractoras para promover y ampliar la inclusión financiera en el medio rural, dirigir las estrategias para establecer y ejecutar los planes de comunicación social, mercadotecnia y de enlace institucional, así como identificar, analizar y adoptar elementos de innovación tecnológica, financiera y geoespacial y tiene las siguientes funciones:
De la I a la VIII.
IX. Coordinar la identificación, análisis y el desarrollo de planes de adopción de los elementos y herramientas tecnológicas, financieras y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR