Acuerdo que modifica al diverso por el que se expide el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el siete de agosto de dos mil seis y reformado por diverso publicado el veintisiete de septiembre de dos mil diez
Fecha de disposición | 25 Mayo 2012 |
Fecha de publicación | 25 Mayo 2012 |
Emisor | SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal. La Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Forestal, con fundamento en los artículos 58 fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 29 del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, y
CONSIDERANDO
Que en su Tercera Sesión Ordinaria la H. Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Forestal celebrada el día cuatro de octubre de dos mil once, en el Distrito Federal, aprobó mediante Acuerdo ACU/03/03/2011, la reforma del artículo 23, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal.
Que en su Cuarta Sesión Ordinaria la H. Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Forestal celebrada el uno de diciembre de dos mil once, en el Distrito Federal, aprobó mediante Acuerdo ACU/03/04/2011, la reforma de los artículos 8, fracción IV, 11, último párrafo y 13, fracción XXV y se adiciona un párrafo al artículo 5, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, por lo que se tiene a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE EXPIDE EL ESTATUTO ORGANICO DE LA COMISION NACIONAL FORESTAL, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL SIETE DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS Y REFORMADO POR DIVERSO PUBLICADO EN EL MISMO MEDIO INFORMATIVO EL VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ
Se REFORMAN los artículos 8, fracción IV, 11, último párrafo, 13, fracción XXV y 23, y se ADICIONA un párrafo al artículo 5 del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, para quedar como sigue:
...
I. a X.
...
El Director General de la Comisión Nacional Forestal podrá delegar sus facultades en los servidores públicos adscritos a la Unidad de Asuntos Jurídicos, así como en los servidores públicos adscritos a las áreas jurídicas de las Gerencias Estatales de la Comisión Nacional Forestal.
...
I. a III...
IV. Delegar en los servidores públicos de la CONAFOR, las atribuciones y funciones que le corresponden, sin perjuicio de ejercerlas directamente, con excepción de aquellas que por disposición legal expresa o determinación de la Junta de Gobierno le correspondan exclusivamente;
V. a VIII...
...
.......
Las Gerencias Estatales contarán, de acuerdo con su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba