El modelo brasileño de garantía de autenticidad de las elecciones
| Autor | Eneida Desiree Salgado |
| Páginas | 159-216 |
159
CAPÍTULO CUARTO
EL MODELO BRASILEÑO DE GARANTÍA
DE AUTENTICIDAD DE LAS ELECCIONES
En Brasil, el control de las elecciones es realizado desde 1932 por una rama
especializada del Poder Judicial. La opción por una jurisdicción especializa-
da, con competencias contenciosas, administrativas y regulatorias, es impar,
así como el grado de confiabilidad de la institución.
Encuestas contratadas junto al Instituto Nexus por el Tribunal Supe-
rior Electoral tras las elecciones de 2006 indican un grado de confianza del
62.4% (“confía totalmente” sumado a “confía en parte” disminuido de “no
confía”). Es el más alto índice entre las instituciones indicadas. El Poder Ju-
dicial alcanzó 51.9%, el gobierno federal 48.7%, el Senado federal 26.3%
y la Cámara de Diputados 18.4%. En dicha encuesta, la primera idea aso-
ciada a la justicia electoral fue la organización de las elecciones y de los
electores (20,8%) y la fiscalización de las elecciones fue punteada como su
principal función (13.5%).
La urna electrónica cuenta con la aprobación de 97.7% de los ciuda-
danos (2006). Sobre el nivel de confianza en los resultados de las elecciones,
53.5% confía totalmente, 34.5% confía en parte, 10.8% desconfía y 1.2%
no contestó.
En la semana siguiente a las elecciones de 2010, el Instituto Sensus
repitió la encuesta, a pedido del Tribunal Superior Electoral. La urna elec-
trónica mantuvo un alto índice de aprobación, 94.4%. Los datos no son
presentados de la misma forma, pero, aplicando la misma lógica (“confía
totalmente” sumado a “confía en parte” disminuido de “no confía”), la jus-
ticia electoral aparece con 43% de confiabilidad, el Poder Judicial 27.1%, el
gobierno federal 20.9%, el Senado federal -2.4% y la Cámara de Diputados
-16%. Ahora la primera idea asociada a la justicia electoral fue la fiscaliza-
ción de las elecciones (22.4%) y su principal función es esclarecer y concien-
tizar la ciudadanía de la importancia del voto (13.2%).
Lo interesante es notar que ambas encuestas fueron realizadas muy cer-
ca de las elecciones, de la casi instantánea divulgación de los resultados elec-
160
ENEIDA DESIREE SALGADO
torales. Pueden ser interpretados, así, como reflejos de las impresiones de
la eficiencia administrativa de la justicia electoral, sin darse cuenta, sin em-
bargo, de la percepción de la ciudadanía de las decisiones electorales, que
alternan intendentes en los gobiernos municipales, o que anulan elecciones.
Otro factor que merece la pena resaltar es el costo de la justicia elec-
toral en Brasil. Del presupuesto nacional de 2012, en real brasileño
5,479,458,907 fueron destinados a la justicia electoral.458 Eso represen-
ta cerca de 2,690,000,000 dólares norteamericanos o algo como en pesos
mexicanos 33,200,000,000. En un año no electoral, el costo no es muy redu-
cido: los valores de 2011 son en real brasileño 4,530,537,019 y la dotación
para 2013 es de real brasileño 5,026,033,413.
Aunque pueda parecer mucho más costoso que el modelo mexicano,
cabe resaltar que no existe un presupuesto apartado de los órganos electo-
rales estatales, todo está reunido en el valor señalado.
Se puede afirmar que no es posible poner un precio en la democracia y
que el presupuesto de la justicia electoral es bajo para la credibilidad de las
elecciones. Sin embargo, la constitución de una única autoridad electoral
con tantos “súper poderes” no parece armonizarse con las exigencias de
una sociedad verdaderamente democrática y garantista.
I.
UN POCO DE HISTÓRIA DE LAS ELECCIONES BAJO
EN CONTROL JUDICIAL
Walter Costa Porto subraya que el Decreto núm. 2675/1875 es el primer
intento de judicializar el control de las elecciones.459 De hecho, el párrafo se-
gundo del artículo 1o. del decreto establecía una Junta Municipal, presidida
por un juez de derecho, para verificar los trabajos de las juntas parroquiales,
éstas responsables por las listas de electores. La calificación de los electores,
desde entonces, siempre estuvo en las manos de miembros del Poder Judicial,
lo que quedó marcado por la Ley núm. 3.139/1916, sobre el empadrona-
miento electoral, que trata también de la credencial de elector (“título de
elector”), con los datos de éste y la firma del juez de derecho.
La Ley núm. 3.208/1916 estableció las reglas para el proceso electoral
federal, enfatizó la participación de los jueces en el control de las eleccio-
nes, involucrándolos también en el escrutinio, y atribuyó al gobierno, la
autorización para la expedición de instrucciones necesarias a su ejecución
458
http://www.justicaeleitoral.jus.br/arquivos/tse-ldo-2012-artigo-67.
459
Porto, Walter Costa, História Eleitoral do Brasil, Brasília, Senado Federal, 1989, vol. 1,
p. 231.
161
ADMINISTRACIÓN DE LAS ELECCIONES Y JURISDICCIÓN ELECTORAL...
(artículo 67). No obstante, no logró vencer los fraudes, según Walter Costa
Porto, “graças às intervenções indébitas que desmoralizaram as apurações e
o reconhecimento de poderes”.460
La limitación legislativa al control de las elecciones por el Poder Judi-
cial ha venido por la Enmienda núm. 3/1926 a la Constitución de 1891,
que reformó la competencia del Poder Judicial y dejó claro los límites de su
actuación electoral. Fueron sustituidos los artículos 59 y 60, y el párrafo 5o.
de la nueva disciplina de la competencia de la justicia federal establecía que
nenhum recurso judiciario é permittido, para a justiça federal ou local, contra
a intervenção nos Estados, a declaração do estado de sitio e a verificação de
poderes, o reconhecimento, a posse, a legitimidade e a perda de mandato dos
membros do Poder Legislativo ou Executivo, federal ou estadual; assim como,
na vigencia do estado de sitio, não poderão os tribunaes conhecer dos actos
praticados em virtude delle pelo Poder Legislativo ou Executivo.
Así, la última palabra sobre la validez de la elección era del Poder Le-
gislativo.
La primera República tiene su ocaso con la Revolución de 1930, bajo
el lema de la “verdad electoral” y del liberalismo político. La crisis de 1929
revela el agotamiento del modelo económico, heredero de una sociedad
fuertemente elitista, esclavista y latifundista. En la práctica política, hasta
aquel momento vigoraba la política “café con leche”, en que se alternaban
en el poder las elites de São Paulo (el grande productor de café) y de Minas
Gerais (el estado productor de leche). Roto el acuerdo en 1929, los líde-
res de São Paulo presentan al candidato oficialista, Júlio Prestes, y Minas
Gerais apoya a Getúlio Vargas, de Río Grande do Sul, que participa en la
elección de marzo de 1930 y es derrotado. La autenticidad de las elecciones
es cuestionada. Las nuevas generaciones y la inédita oposición no aceptan
el resultado de las urnas.461 “A eleição [de 1930] fora uma farsa. Com sua
desbotada coleção de trapaças, as oligarquias manipularam o pleito com
seu receituário habitual de velhacaria política: suborno, canalices, violência
e patifarias de toda natureza”.462 La discordancia ante el proceso de recono-
cimiento de los electos, de la elección de 1930 provocó peleas en la Cámara
federal.
460
Ibidem, p. 232.
461
Para la Presidencia de la República, sin embargo, la diferencia de votos fue muy gran-
de. Los resultados apuntaron 1,091,709 votos para Júlio Prestes y 742,794 para Getúlio
Vargas. La participación electoral no superaba 5% de la población.
462
Meirelles, Domingos, 1930 –Os órfãos da Revolução, Río de Janeiro, Record, 2005, p. 416.
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