Minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro., de 26 de Noviembre de 2020

Con proyecto de decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro Ciudad de México, a 19 de noviembre de 2020 Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha. Atentamente Senadora Lilia Margarita Valdez Martínez (rúbrica) Secretaria

PROYECTO DE DECRETO

CS-LXIV·III-1P-012

POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO.

Artículo Único.- Se reforman los artículos 2, párrafo octavo; 5, apartados C. y D.; 11, fracciones V. y VI.; 23; 26; y 27, párrafo primero; se adicionan los artículos 5, apartado E.; 11, fracciones VII. y VIII.; 23, fracciones I., II., III., IV. y V.; 28; y se derogan la fracción IX. del artículo 15; y el párrafo segundo del artículo 27, de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, para quedar como sigue:

Artículo 2.- Para efectos de la presente Ley se entenderá como:

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Libro: Toda publicación unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo, impresa o editada en cualquier soporte, lenguaje o código, cuya edición se haga en su totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios volúmenes o fascículos.

Comprenderá también los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen, conjuntamente con el libro, un todo unitario que no pueda comercializarse separadamente.

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Artículo 5.- Son autoridades encargadas de la aplicación de la presente Ley en el ámbito de sus respectivas competencias: A. y B. ... C. El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura; D. Los Gobiernos de las entidades federativas, municipales y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y E. La Procuraduría Federal del Consumidor.

Artículo 11.- Corresponde a la Secretaría de Cultura: I. a IV. ... V. Coadyuvar con instancias a nivel federal, de las entidades federativas, municipales y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como con miembros de la iniciativa privada en acciones que garanticen el acceso de la...

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