Minuta con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 81 de la Ley General de Salud., de 26 de Noviembre de 2020

Con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 81 de la Ley General de Salud Ciudad de México, a 19 de noviembre de 2020. Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 81 de la Ley General de Salud, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha. Atentamente Senadora Lilia Margarita Valdez Martínez (rúbrica) Secretaria

PROYECTO DE DECRETO

CS-LXIV·III-1P-011

POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 81 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

Artículo Único.- Se reforma el artículo 81 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 81.- La emisión de los diplomas de especialidades médicas corresponde a las instituciones de educación superior y de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.

Para la realización de todos los procedimientos médicos quirúrgicos de especialidad se requiere que la o el especialista hayan recibido entrenamiento para la realización de estos en instituciones de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes, que cumpla con los requisitos del párrafo inmediato anterior y que cuenten con cédula de médica o médico especialista.

La expedición de la cédula de médica o médico será responsabilidad de la Secretaría de Educación Pública a través de la Dirección General de Profesiones.

El Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas tendrá la naturaleza de organismo auxiliar de la Administración Pública Federal a efecto de supervisar el entrenamiento, habilidades, destrezas y calificación de la pericia que se requiere para la certificación y...

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