Ministerio publico

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas180-180

Page 180

Es la institución unitaria y jerárquica dependiente del organismo ejecutivo, que posee como funciones esenciales las de persecución de los delitos y el ejercicio de la acción penal, intervención en otros procedimientos judiciales para la defensa de intereses sociales o de la colectividad, de ausentes, menores e incapacitados, y finalmente, como consultor y asesor de los jueces y tribunales. Diccionario Jurídico 2000.

Comentario. El art. 42 del CFF, se refiere a las facultades de las autoridades fiscales para allegarse pruebas para formular la denuncia o querella, art. 92 fracción III segundo y tercer párrafos...

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