Medios de defensa a favor del patrón en materia del seguro de riesgos de trabajo

AutorComisión representativa Organismos de seguridad social
Páginas207-245
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Riesgos de trabajo Obligaciones y derechos de los patrones Estudio integral del seguro de riesgos de trabajo
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CAPÍTULO 4
Medios de defensa a favor del patrón en materia del seguro
de riesgos de trabajo
4.1. Introducción
Impugnar es combatir, pelear; significa la acción que ejercita una persona apoyada en
una norma jurídica, en contra de una resolución, por pensar que ésta no es justa y por-
que le causa ciertos agravios, tanto en su esfera jurídica como en la económica.
Esa actitud tiene por objeto lograr su revocación o nulidad utilizando las vías jurídicas
adecuadas.
Los medios de defensa son sistemas de protección que establece la legislación en bene-
ficio de los gobernados, para combatir los actos o resoluciones de autoridad que vulne-
ran o restrinjan sus derechos o sus intereses. Son instrumentos que se derivan de la ley
para proteger a sujetos afectados por la violación o no aplicación de las disposiciones y,
a su vez, son medios de control sobre los actos de autoridad.
Los medios de defensa frente a los actos del IMSS, en materia del seguro de riesgos de
trabajo, los podemos clasificar en torno al sujeto que va a combatir el acto de autoridad,
esto es, el patrón, el asegurado o sus beneficiarios. Por los fines que persigue la presente
obra, únicamente se abordarán lo medios de defensa a favor del patrón.
Antes de dar puerta al análisis que habremos de llevar a cabo, es preciso comentar dos
aspectos de importancia en los medios de defensa:
El principio de legalidad
Este principio se bifurca en torno a la legalidad del acto de autoridad, esto es, la autori-
dad sólo puede hacer aquello que la ley le permite. Respecto a que, cuando la autoridad
emite un acto, debe hacerlo con pleno sustento y fundamentado en una ley; se despren-
den los principios de: legitimidad, competencia, fundamentación y motivación.
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Habrá que entender, entonces, que todo acto de autoridad que no se apegue al principio
de legalidad es posible de impugnar a través de los medios de defensa que prevén las
leyes.
Agravios o conceptos de impugnación
La esencia de un medio de defensa está constituida por los agravios o conceptos de
impugnación, los cuales no son otra cosa que el señalamiento preciso de los razona-
mientos lógico-jurídicos (silogismos jurídicos) que conllevan a establecer qué precepto
o preceptos jurídicos (premisa mayor), a juicio del gobernado, dejó de aplicar o aplicó
indebidamente la autoridad demandada, a través de su actuación (premisa menor), y
los motivos por los que se llega a esta conclusión. De esta manera, se debe precisar la
resolución o la parte de ésta que lesiona los derechos de una persona.
Un mal manejo de estos conceptos puede llevarnos a perder el juicio.
Los agravios o conceptos de impugnación pueden ser:
a) De forma: aquéllos relacionados con la omisión de los requisitos legales a
que la autoridad está sujeta en su actuación, como son: la competencia (te-
rritorial o material), el cumplimiento de formalidades en las notificaciones o
en visitas domiciliarias.
b) De fondo: aquéllos relacionados propiamente con la aplicación o interpre-
tación errónea de la autoridad sobre alguna disposición legal, respecto a
cualquier acto u omisión del patrón o sujeto obligado.
A continuación vamos a referirnos a las instancias o medios que tiene el patrón o sujeto
obligado para combatir los actos de los funcionarios del IMSS que, a su juicio, vulneran
sus derechos como gobernado. Tomando en cuenta que no circunscribiremos nuestro
análisis únicamente a los que tienen relación con el seguro de riesgos de trabajo, el lec-
tor habrá de identificar cuáles sí guardan una relación directa con dicho seguro. Primero
veremos una clasificación de los citados medios de defensa, para luego concentrarnos
en las instancias administrativas.
4.2. Clasificación de los medios de defensa frente
a los actos del IMSS
Procederemos únicamente al análisis a los medios de defensa que tiene a su alcance el
patrón o sujeto obligado frente a los actos del IMSS.
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Dichos medios pueden clasificarse en torno al sujeto que va a combatir el acto de au-
toridad, esto es, el patrón o el asegurado o sus beneficiarios. Como ya se mencionó, en
la presente obra únicamente se abordan los medios de defensa a favor del patrón, los
cuales son:
1. Aclaraciones administrativas:
a) Aclaración administrativa por error institucional en materia de
riesgos de trabajo.
b) Escrito de desacuerdo en materia de riesgos de trabajo.
c) Aclaración administrativa contra cédulas de liquidación.
d) Aclaración administrativa contra multas.
3. Recurso de inconformidad.
4. Recurso de revocación.
5. Demanda de nulidad a través del juicio contencioso administrativo.
6. Juicio de amparo (directo e indirecto).
4.3. Aclaraciones administrativas
Las aclaraciones administrativas tienen por objeto simplificar la impartición de la justi-
cia fiscal administrativa, evitando que la resolución del Instituto llegue a impugnarse en
cualesquier otro medio de defensa que prevé la LSS (recurso administrativo de inconfor-
midad o juicio contencioso administrativo).
A continuación se presentan diversas instancias de carácter administrativo, mismas que
el patrón o sujeto obligado deben valorar, junto con su abogado defensor, a efecto de
considerar si se agotan en forma previa a otro medio de impugnación.
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