Medio ambiente sano y la reforma energética

AutorKarla Elizabeth Mariscal Ureta
Cargo del AutorDoctora en Derecho por la Universidad Autónoma de Sinaloa
Páginas110-134

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I Introducción

Hablar del impacto de la reforma energética frente a los derechos colectivos ambientales, resulta un campo de extenso contexto, en virtud de que nos encontramos ante aspectos trascendentes para el desarrollo sustentable de México, por un lado, las finanzas públicas se encuentran casi condicionadas a la estabilidad en la producción de petróleo y derivados; y por el otro, al ser un recurso que se gesta de manera natural en las aguas, proviene de la riqueza ambiental que nos otorga nuestra geografía, por ello, su extracción debe ser abordada con suma cautela.

Los ecosistemas permiten el desarrollo de los yacimientos, mismos que han dado a México importantes palancas de financiación al posicionar la producción a nivel internacional en un inició a niveles privilegiados, no obstante, aún en el peor escenario, no se ha dejado de depender de la explotación de los recursos petroleros.

Esta dependencia, no es una práctica aislada que sigue nuestro país, son muchas las naciones, que al poseer recursos petroleros fundamentan su economía en ellos, no obstante, debe advertirse que dichos recursos se desgastan, por ello, México debe explorar y explotar ya en aguas profundas, razón por lo que es necesario advertir criterios de sustentabilidad, que permitan la exploración y extracción de manera ordenada, planificada y limpia, afectando en lo menos posible, los ecosistemas de origen.

En el país se generan ingresos de manera real a partir del petróleo, del turismo, de la inversión extranjera, del desarrollo de la industria particularmente a partir de productos primarios, y muy considerablemente, de la producción de sector primario (pesca, agricultura, etc.), lo que nos coloca en una posición de protección, obligada al medio ambiente, nos encontramos sumamente llamados, a preservar el medio natural y

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mantener el equilibrio de éste, con nuestras actividades productivas, tal como lo establece nuestra Constitución y diversas cartas de compromisos internacionales.

Ahora bien, es un hecho irrefutable que la reforma energética se encuentra plenamente justificada, que es definitivamente necesaria; sin embargo, también es cierto que la forma en que se ha planteado deja mucho a pensar sobre los riesgos, de su instrumentación.

A nivel constitucional, se reforman los artículo 25, 27 y 28 de la Carta Fundamental, estableciendo un esquema de apertura a la inversión de particulares y extranjeros, sobre determinados puntos del proceso de explotación de hidrocarburos, pero más allá de lo que puede advertirse en el plano económico, en materia de medio ambiente, si se establecen previsiones puntuales, creando la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente75del Sector Hidrocarburos, la que será la encargada de dar cumplimiento al respeto del derecho a un medio ambiente adecuado, como derecho humano colectivo, a través de su Ley, y el reglamento que emana de ella.

Sin embargo, es interesante observar que dicha Agencia, se establece como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con esquemas de supervisión al interior de la Comisión de Hidrocarburos y baja obligación en la rendición de cuentas, a la ciudadanía y a los poderes públicos del Estado. Lo que hace cuestionable la calidad de la gestión y puede dar pauta a violaciones constitucionales relativas al propio derecho a un medio ambiente sano, pero también al derecho de consulta pública, de transparencia y acceso a la información e incluso atentar, seriamente en contra del principio de la división de poderes del Estado Mexicano.

Por ello, su análisis desde el punto de vista constitucional y ambiental resulta atractivo, imperioso y plenamente justificado, tomando en consideración el escenario que precedió a la reforma, su planteamiento inicial, la fundamentación que la ampara, su estructura, la regulación ambiental en su marco normativo y los derechos que se implican en ella, razones que nos invitan a cuestionar si la reforma energética ha sido

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pues, una necesidad, un deseo o una estrategia y sí, las previsiones ambientales, alcanzan ,para garantizar el derecho humano colectivo al medio ambiente sano.

II Reforma energética: ¿necesidad, deseo o estrategia?
1. La regulación de los hidrocarburos en México

La Constitución de 1917 estableció un nuevo marco, para la convivencia social y la reconfiguración de diversas facultades, atribuciones y obligaciones, entre ellas destacamos: reconocer un catálogo de garantías llamada, entonces ¨individuales¨, e incorporar las demandas sociales planteadas durante la revolución, referencia directa en ese momento, a los nuevos ¨derechos sociales¨, y significativamente reivindicó la preeminencia de la nación en el régimen de propiedad de tierras y aguas, reservando para el Estado algunas áreas estratégicas. Energía e hidrocarburos fueron temas centrales y punta de lanza de la nacionalización y el fomento a la inversión nacional en la industria petrolera.

A nivel económico y político, se desencadenó entonces un ambiente de conflictos con las empresas extranjeras, quienes exigieron de alguna manera, el pago por concepto de compensación y/o indemnización por el petróleo y por los demás carburos de hidrógeno del subsuelo, pues con la reforma al artículo 27 constitucional, éstos se habían convertido en patrimonio de dominio directo de la nación, afectando sus inversiones.

Lo anterior, en virtud de que se efectuó un traslado, casi abrupto, de esquemas de inversión extranjera abiertos, a uno rigurosamente nacionalista, lastimando los intereses económicos de los extranjeros, con capitales invertidos en la industria petrolera de México.

Por su parte, para los mexicanos se evidencia la importancia que tiene la industria del petróleo y el gas en sus actividades cotidianas, dependiendo progresivamente de los beneficios, otorgados por los hidrocarburos. En los primeros años de extracción, México se posicionó, rápidamente como un país altamente productor.

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Con la nacionalización, durante el gobierno del presidente Lázaro Cárdenas, se fortaleció a Petróleos Mexicanos (PEMEX) como la empresa del Estado a cargo de la exploración, explotación y distribución de los hidrocarburos mexicanos. Excluyendo de inicio la inversión de particulares, pero posteriormente y por causa de estrategia económica, se permitió la inversión privada en algunos rubros específicos.

La renta petrolera, se ubicó rápidamente como una importante fuente de sostenimiento del gasto público, consolidándose la soberanía energética ,con reducción de inversión particular y restringida inversión extranjera.

Ahora bien, después de un gran auge petrolero y de la explotación intensa de nuestros pozos por largo tiempo, la producción decaía y no era suficiente por lo que, en poco tiempo nos encontrábamos importando, en virtud de lo cual, la soberanía energética y por lo tanto la soberanía nacional, se encontraba seriamente comprometida, razones por las que, se empieza a gestar la necesidad de elevar la productividad del país para impulsar el crecimiento económico.

Luego entonces, desde 2008, se plantearon reformas importantes en, cuanto a los hidrocarburos mexicanos, no obstante, la de 2013 ha marcado un parte aguas en la estrategia del uso y explotación de los recursos energéticos del país. Al desgastarse considerablemente las llamadas reservas probadas y probables, se originó un clima de preocupación, por el destino petrolero de nuestro país, lo que se planteó en la justificación de la reforma, dando vida a un modelo que pretende, al menos en teoría fortalecer al sector, garantizando la propiedad de la nación sobre todos los hidrocarburos del subsuelo.

Se establece que las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos se realizarán mediante asignaciones a PEMEX, en su nueva modalidad de empresa productiva del Estado, o a través de contratos con ésta o con particulares nacionales e internacionales.

Para Barnés76, las reformas en materia de hidrocarburos tienen lugar, ante las restricciones con las que hemos obligado a operar a PEMEX y la falta de apertura de la economía mexicana, a la competencia en materia energética, lo que ha propiciado el desmantelamiento, de la mayoría de las empresas de bienes de capital, de ingeniería y

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de servicios especializados y una reducción desmedida, en el nivel de integración nacional de los proyectos de la industria petrolera.

En la reforma se establece en el marco del artículo 27 constitucional que los recursos energéticos del subsuelo, seguirán siendo propiedad de la nación, determinándose a partir de ahí un esquema de contratación a particulares, y extranjeros para la exploración, extracción y distribución.

No obstante, aunque se previó mantener la propiedad de la nación en recursos en subsuelo, se presenta una apertura en los procesos de aprovechamiento a empresas con intereses distintos, de los del Estado. En el criterio muy sostenido por importantes agentes de la política comercial y económica estima que, ¨lo importante no es quién extrae el petróleo, sino cómo maximiza el Estado su renta petrolera¨77.

Por otra parte, dicha política se ha justificado al advertir que para que PEMEX pueda mantenerse como responsable único, de la refinación del petróleo y de la comercialización de sus...

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