Mecanismos alternativos de solución de controversias en el juicio agrario
Autor | Mtro. Edgar Raúl Azua Alemán |
Páginas | 37-42 |
37
THEMIS | IUS AD HOC
Mecanismos alternativos de solución
de controversias en el juicio agrario
El objetivo del presente artículo es
jar en un análisis jurídico la importan-
cia de los medios alternativos de solu-
ción de controversia en materia agraria
y la necesidad de la implementación
de nuevos centros especializados para
la realización de dicha labor, en copar-
ticipación con la Procuraduría Agraria
y los Tribunales Unitarios Agrarios, con
el n de alcanzar una disminución en
la carga de trabajo y lograr una mayor
efectividad en la asesoría e impartición
de justicia dentro de esta rama del de-
recho social.
Concepto
Los MASC (medios alternativos de
solución de controversia) se encuen-
tran reconocidos en el artículo 17 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. Permiten a los par-
ticipantes, por sí mismos o con la asis-
tencia de terceros, arribar a acuerdos de
manera colaborativa, en un marco de
exibilidad y legalidad y en un tiempo
más breve que si se opta por la vía judi-
cial. Esta alternativa se utiliza para evitar
recurrir a largos litigios, permitiendo
obtener resultados satisfactorios en un
tiempo breve y a un menor costo.
Existen diversas técnicas de interven-
ción o asistencia en las que el faci-
litador, que analiza el desarrollo del
conicto con el objetivo de encontrar
alternativas posibles de solución para
que las partes, pueda nalmente ges-
tionar la solución a través de acuerdos
mutuos más acordes a sus necesidades.
Negociación
Denida como un proceso de mutua
comunicación, encaminado a lograr un
acuerdo con otros cuando existen inte-
reses compartidos y otros opuestos1.
La negociación cooperativa permite
que predominen los intereses suaves,
representados por las relaciones de
convivencia, sobre los intereses duros,
como los bienes económicos.
Hay que considerar que la solución del
conicto de la otra parte está ineludi-
blemente relacionada con la solución
de nuestro conicto y la satisfacción de
ambos intereses. Se vuelve imperioso
entonces conocer y acercarse al otro,
visualizar y atender sus intereses y estar
pendientes de sus objetivos.
El negociador cooperativo, conforme
al Programa de Negociación de la Es-
cuela de Harvard2, es aquel que duran-
te el proceso de negociación, facilita la
obtención de un acuerdo, mediante la
aplicación de cuatro principios básicos:
1. Separa a las personas del problema;
2. Se concentra en los intereses y no en
las posiciones;
3. Genera opciones de mutuo bene-
cio;
4. Sostiene que el resultado arribado
debe sustentarse en criterios objetivos.
Mtro. Edgar Raúl Azua Alemán.
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