Matrimonio igualitario y sus efectos en la legislación mexicana

AutorMaría Yunuen Zavala Hernández/Perla Xóchitl Aguilar Espejel/Mario Enrique Rosales Caballero
CargoLicenciada en Derecho por la Universidad Hispanoamericana; Visitadora General sede Naucalpan de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem)/Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México campus Texcoco; Visitadora Adjunta región Tecámac de la Codhem/Licenciado en Derecho por el Centro de Estudios ...
Páginas43-80
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Dignitas 35 • ISSN: - • eISSN: -
Matrimonio igualitario y sus efectos en la legislación mexicana
Equal Marriage and its own Effects on Mexican Legislation
María Yunuen Zavala Hernández*
Perla Xóchitl Aguilar Espejel**
Mario Enrique Rosales Caballero***
Resumen
Este artículo tiene por objeto determinar si el derecho al llamado matrimonio
igualitario debe ser o no considerado como un derecho humano, ello partien-
do de la definición de derechos humanos, considerando la evolución histórica
de los mismos hasta llegar al decreto que modificó la denominación del ca-
pítulo I y reformó artículos diversos de la Constitución federal en materia de
derechos humanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación () el 10
de junio de 2011. Se contempla la situación del matrimonio igualitario en el
mundo, además de la situación jurídica de este tipo de matrimonios en nues-
tro país, estableciendo qué estados de la república prevén en su legislación este
tipo de uniones interpersonales y los diversos criterios que, al respecto, han
emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (), la Corte Interameri-
cana de Derechos Humanos (Corte ), entre otros organismos internacio-
nales protectores de derechos humanos.
Palabras clave: derechos humanos, matrimonio igualitario, discriminación y
parejas del mismo sexo.
Abstract
This article aims to determine if the right to so-called egalitarian marriage, must be
or not considered to be a right human, this on the basis of the definition of human
rights, considering the historical evolution of the same until you reach the decree that
*Licenciada en Derecho por la Universidad Hispanoamericana; Visitadora General sede
Naucalpan de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem).
**Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México campus
Texcoco; Visitadora Adjunta región Tecámac de la Codhem.
***Licenciado en Derecho por el Centro de Estudios Superiores Universitarios, San-
tiago Tianguistenco; servidor público adscrito a la Unidad Jurídica y Consultiva de la
Codhem.
 Matrimonio igualitario y sus efectos en la legislación mexicana
changed the name of chapter I and reformed miscellaneous provisions of the federal
Constitution in the field of human rights, published in the Ocial Journal of the
Federation on June 10 of 2011 referred to the situation of equal marriage in the world,
as well as the legal status of this type of marriage in our country, establishing which
States of the Republic they include in their legislation this type of interpersonal con-
nections and the various criteria that in this regard have issued the Supreme Court of
Justice of the Nation (), Inter-American Court of Human Rights (), among
other international organizations protectors of human rights.
Keywords: Human Rights, Equal Marriage, Discrimination and Same-sex Couples.
Introducción
El presente artículo tiene por objetivo determinar si el derecho al
matrimonio igualitario debe ser o no considerado como un dere-
cho humano; en tal sentido, es indispensable conocer lo que se en-
tiende por derechos humanos, los cuales son:
El conjunto de facultades, prerrogativas y libertades, que correspon-
den al hombre por el simple hecho de su existencia; tienen como fi-
nalidad salvaguardar la dignidad de la persona humana considerada
individual o colectivamente; su observancia comprende una serie de
obligaciones y deberes, tanto para el Estado, como para los individuos,
cuyo cumplimiento debe ser garantizado por el orden jurídico nacional
e internacional, para la conservación de la paz social y la consolidación
de la democracia (Contreras, 2000: 7).
Para llegar a dicho objetivo, este artículo se divide en cuatro
partes; en la primera parte, denominada “Evolución histórica de los
derechos humanos”, se hace una breve explicación de los anteceden-
tes de los derechos primigenios en el mundo, pasando por la Edad
Antigua, la Edad Media y la Edad Moderna hasta llegar a la reforma
materia, publicada en el  el 10 de junio de 2011, en donde se expo-
nen sus principales características.
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La segunda parte, “Matrimonio igualitario en el mundo”, con-
tiene información relacionada con los países que contemplan en su
legislación la figura del matrimonio entre personas del mismo sexo,
además, se exponen algunas de las ideologías que se contraponen a
las aludidas uniones.
En la tercera parte, “Situación jurídica del matrimonio igualita-
rio en México”, se realiza un análisis de diversos ordenamientos jurí-
dicos nacionales e internacionales en los que se reconocen derechos
relacionados con el matrimonio entre personas del mismo sexo, así
como de distintos criterios que, al respecto, han emitido la  y
la Corte , entre otros organismos internacionales protectores de
derechos humanos.
Aunado a lo anterior, se realiza un estudio del tratamiento que
las 32 entidades federativas de nuestro país le dan al matrimonio
igualitario, estableciendo, estado por estado, la definición de matri-
monio, según su legislación sustantiva civil o familiar, lo que permite
conocer el avance que tiene la república mexicana en la materia.
Por último, tomado en cuenta lo plasmado, se da un punto de
vista sobre el planteamiento que se realizó al inicio del artículo: si el
matrimonio entre personas del mismo sexo debe o no considerarse
como un derecho humano.
Evolución histórica de los derechos humanos
A través de la historia, los derechos humanos han pasado de lo mo-
ral a lo legal, comprendiéndose como prerrogativas universales de
todas las personas la vida y la protección de la dignidad humana,
reconocidas y protegidas por ordenamientos jurídicos y estándares
internacionales, nacionales y estatales; pero, para que esto fuera
posible, fue necesario pasar por diversas etapas.
Se ha dado una discusión relativa a la construcción de los dere-
chos humanos entre dos corrientes: el iusnaturalismo y el positivismo;
la primera señala que son la suma de facultades y prerrogativas inhe-

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