Marco jurídico internacional y nacional en el tema

Páginas32-50
CÁMARA DE DIPUTADOS, LXI LEGISLATURA, CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL ADELANTO DE LAS MUJERES Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
32
En este apartado se realizará una revisión
de los instrumentos jurídicos internaciona-
les existentes en la materia que nos ocupa,
a fin de lograr identificar algunos indicado-
res de cumplimiento que el Estado mexica-
no tendría que observar en su legislación
nacional paracumplir con lo señalado en
los artículos 1° y 133 constitucionales en
materia de derechos humanos, en especifi-
co, de la juventud.
MARCO JURÍDICO
INTERNACIONAL Y NACIONAL EN EL TEMA
Instrumento internacional Síntesis breve del contenido o
alcance del documento Indicadores legislativos a observar
adoptada por la
Asamblea General de la
ONU en su Resolución
217 (III), del 10 de
diciembre de 1948.
Este instrumento promueve
el reconocimiento y
aplicación de los derechos
y libertades para todas
las personas, sin
discriminaciones y con base
en la dignidad humana.
• La dignidad humana y el reconocimiento de
derechos en todas las esferas de la vida de las
personas atendiendo a medidas progresivas.
• La no discriminación como principio elemen-
tal para la aplicación debida de los derechos
humanos.
Declaración sobre el
Derecho al Desarrollo,
adoptada por la
Asamblea General de la
ONU en su resolución
41/128, del 4 de
diciembre de 1986.
La persona es el sujeto
central del desarrollo y debe
ser el participante activo y el
benef‌iciario.
• Derecho al desarrollo.
• Garantizar la igualdad de oportunidades para
todas las personas en cuanto al acceso a los
recursos básicos.
ONU, Nueva York.
Fecha de adopción: 16 de
diciembre de 1966.
Vinculación de México:
23 de marzo de 1981.
Adhesión.
Entrada en vigor: 3 de
enero de 1976, general;
23 de junio de 1981,
México.
Establece que toda persona
tiene derecho a la libertad
y a la seguridad personales
y al trato humano con el
debido respeto a la dignidad
humana.
• Prohibición de la tortura, las penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes.
• Prohibición de la esclavitud, el trabajo forzo-
so u obligatorio.
• Observancia del debido proceso.
• Derecho al reconocimiento de la personali-
dad jurídica.
• Derecho a la libertad de pensamiento, de con-
ciencia y de religión.
• Derecho de reunión pacíf‌ica.
• Derecho de igualdad ante la ley sin discrimi-
nación alguna.
• Derecho de toda persona a participar en los
asuntos políticos en igualdad de condiciones.
VIOLENCIA DE GÉNERO, JUVENTUD Y ESCUELAS EN MÉXICO: SITUACIÓN ACTUAL Y PROPUESTAS PARA SU PREVENCIÓN 33
Instrumento internacional Síntesis breve del contenido o
alcance del documento Indicadores legislativos a observar
ONU, Nueva York.
Fecha de adopción: 16 de
diciembre de 1966.
Vinculación de México:
23 de marzo de 1981.
Adhesión.
Entrada en vigor: 3 de
enero de 1976, general;
23 de junio de 1981,
México.
Constriñe a los Estados
Parte a asegurar a las
personas todos los derechos
económicos, sociales y
culturales, sin discriminación
alguna.
• Derecho de toda persona al goce de condicio-
nes equitativas y satisfactorias para una re-
muneración que asegure condiciones dignas.
• Derecho a la seguridad social.
• Protección a los adolescentes contra la ex-
plotación económica y social.
• Derecho a una vivienda digna.
• Derecho de toda persona a estar protegida
contra el hambre.
• Derecho de toda persona a la educación.
OEA, San José, Costa
Rica.
Fecha de adopción 22 de
noviembre de 1969.
Vinculación de México:
24 de marzo de 1981.
Adhesión.
Fecha de entrada en
vigor: 18 de junio de
1978 general; 24 de
marzo de 1981, México.
Constriñe a los Estados
Parte a respetar los
derechos humanos y las
libertades, sin distinción
alguna.
• Derecho a la personalidad jurídica
• Prohibición de la pena de muerte
• Derecho a la integridad personal
• Prohibición de la esclavitud y la servidumbre
• Derecho a la libertad personal
• Reconoce las garantías judiciales
• Establecimiento del principio de legalidad y
retroactividad
• Derecho a la indemnización
• Establecimiento de la protección de la honra
y la dignidad
• Reconocimiento de la libertad de pensamien-
to y de expresión
• Reconocimiento de la igualdad ante la ley
• Reconocimiento de los derechos políticos
Convención sobre
la Eliminación de
todas las Formas de
Discriminación contra la
Mujer
Instrumento
Internacional adoptado
por la Organización de
las Naciones Unidas en
1979, y ratif‌icado por
México en 1981
Instrumento internacional,
jurídicamente vinculante
para México, que enuncia
los principios sobre los
derechos de las mujeres, y
cuyo fundamento se basa en
la prohibición de todas las
formas de discriminación
contra la mujer
• Prohibición de la discriminación contra la
mujer en todas sus formas.
• Implementación de medidas especiales, en-
caminadas a proteger la maternidad.
• Modif‌icación de los patrones socioculturales
de conducta de hombres y mujeres.
• Reconocimiento de la responsabilidad común
de hombres y mujeres en cuanto a la educa-
ción y al desarrollo de sus hijos.
• Implementación de medidas contra trata y
prostitución.
• Igualdad en el ámbito educativo, tanto en zo-
nas rurales como urbanas.
• Igualdad a los mismos derechos y responsa-
bilidades durante el matrimonio.
• Igualdad con respecto a los derechos repro-
ductivos.

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