Iniciativa Legislativa de la Dip. María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la que contiene proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; y de la Ley de Seguro Social., de 3 de Julio de 2013

La suscrita, diputada federal Ma. Concepción Ramírez Diez Gutiérrez integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 123, apartado A, fracc. V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 170, fracc. II de la Ley Federal del Trabajo, artículo 39, fracc. I de la Ley del Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que modifica los párrafos segundos de los articulo 85 y 101 respectivamente de la Ley de Seguro Social, al tenor de lo siguiente: Exposición de Motivos. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos(CPEUM), señala que las mujeres trabajadoras tienen derecho a licencias de maternidad y prestaciones sociales, así como descansos para la lactancia. Una protección constitucional a la maternidad, donde implica que el Estado debe adoptar medidas necesarias que amparen a las mujeres en el desarrollo de su embarazo,  garantizando sus derechos como ser humano al crear también, condiciones adecuadas y libres de discriminación. Tanto hombre como mujer, son personas humanas compuestas de cuerpo y alma, perosexualmente diferentes. Esta diferencia ha originado la creencia que la mujer debesubordinarse al hombre, pues su naturaleza así lo ordena. Es así como la diferenteestructura biológica entre el hombre y la mujer, ha trascendido en todos los campos, por lo que ha sido necesario recordar que existe la igualdad entre ellos pero, atendiendo las especiales circunstancias de unos y otros. “…Surge entonces eltratamiento privilegiado para la mujer trabajadora, constituyéndose simplementeen el trato distinto a ella, por ser distinta al hombre; sería una injusticia el tratoidéntico para ambos…”[1]. Es decir, la mujer tiene el don de procrear y por tanto debe contar con mayor atención en todos los aspectos. Es así que, la protección de la maternidad constituye un derecho fundamental de las mujeres a que se respeten y garanticen sus decisiones reproductivas. En base al artículo 4º de la CPEUMdonde establece que, todas las personas tienen “derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos”, lo que implica que el Estado también debe garantizar la protección de la maternidad a las mujeres que deciden tener hijos en circunstancias de libertad, responsabilidad y con la información suficiente. El derecho internacional no ha sido ajeno a la protección...

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