Maquiladoras

AutorJosé Simón Somohano Silva
Páginas213-249
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Introducción
La industria maquiladora ha sido pionera en la implementación y desarrollo
de las reglas de precios de transferencia en México. Aunque existían alg unos
antecedentes en la legislación scal en México referente a la obligatoriedad de
los contribuyentes a pactar sus precios o contraprestaciones entre partes rela-
cionadas en condiciones de mercado, esta industria se const ituyó en la práctica
como el laboratorio de pruebas de la aplicación de las reglas contemporánea s de
precios de transferencia a par tir del ejercicio 1995. A pesar de que un par de años
después se h izo obligatorio el cu mplimiento de las reglas de precios de t ransfe-
rencia a los c ontribuyentes di stintos a las m aquiladoras, las principales dis cusio-
nes en esta materia en nuestr o país entre contribuyentes, autoridades y a sesores
durante el siguiente lustro se referían invariablemente a las maquiladoras. Por
ello difícilmente se podrá comprender el desarrollo de la materia de prec ios de
tra nsferenc ia en Méx ico si no se conoce la inuenc ia que las maquila doras ha n
tenido en este ámbito.
Una maquiladora puede ser una corporación mexicana 100% controlada por
extranjeros no residentes en nuestro país. El programa de maquila vigente
se basa en los estipulado por el Decreto para el Fomento y Operación de la
Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto
IMMEX).1 Este programa establece la estructura operativa de las maquilado-
ras y da origen a la denominación de estos establecimientos de manufactura
destinada a la exportación como empresas maquiladoras IMMEX. El Decreto
IMMEX otorga a una empresa una variedad de privilegios, sin embargo, en
contrapartida, el gobierno mexicano vig ila de cerca a las empresas que operan
bajo este prog rama. Asimismo, el gobierno mexicano es generalmente cons-
ciente del entorno internacional competitivo necesario para atraer operacio-
nes de producción compartida y del clima de negocios indispensable para la
atracción y retención de capital foráneo.
1 El Decreto IMMEX fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2006 y entró en vigor de
forma general el 13 de noviembre de ese año. Posteriormente, el decreto fue reformado el 24 de diciembre de 2010,
entrando en vigor a los 90 días naturales después de su publicación, con la excepción de la reforma al artículo 33 y
la adición del artículo 34 que entraron en vigor el 1 de enero de 2011.
Precios de transferencia
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1. Antecedentes
El programa de indust ria maquiladora derivó del progra ma de industriali-
zación fronteriza iniciado al final de la década de los años sesenta, como
consecuencia de la derogación del programa bracero existente en EE.UU.
La estructura del sector maquilador IMM EX comprende empresas dedicadas
a la importación temporal, manufact ura y posterior exportación de produc-
tos. Las empresas se concentran en su mayoría en ciudades fronterizas, que
incluyen a Tijuana y Mexicali en Baja California; Nogales en Sonora; Ciudad
Juárez en Chihuahua; Nuevo Laredo, Matamoros y Reynosa en Tamaulipas.
Estas ciudades cumplieron más de cerca con los requisitos y expectativas de
inversionistas potencia les, puesto que todas ellas cuentan con estructuras
completas de cruce fronterizo, cierto nivel de infraestructura básica y una
fuerza laboral abundante, joven y relativamente calicada.
Algunas otras ciudades ta mbién han sido utilizadas por las empresas maqui-
ladoras, como es el caso de Guadalajara, Jalisco; Querétaro, Querét aro; Silao,
Guanajuato; San Luis Potosí, San Luis Potosí; Monterrey, Nuevo León, así
como Ensenada y Tecate en Baja California, en búsqueda de obra más cali-
cada y de una disminución en el índice de rotación del personal. Durante la
segunda mitad de los años noventa, la industria maquiladora reg istró niveles
de crecimiento en producción, empleo y productividad impor tantes y constan-
tes. Esta tendencia se intensicó a p artir de la entrada en v igor del Tratado de
Libre Comerc io de América del Norte (TL CAN) y cont inuó de manera v igorosa
hasta el año 2 000 al registrar tasas de crecimiento a nuales de dos dígitos en
prácticamente todos los indicadores de la industr ia.
Sin embargo, el panorama alentador descrito anteriormente ha experi men-
tado cambios signicativos principalmente en los periodos 2001-2003 y 2008-
2010 como consecuencia de las recesiones experimentadas por la economía de
EE.UU. en esos periodos.
Según el Ins tituto Nacional de Estadís tica y Geografía (INEGI), a marzo de
2018 e xist ían u n tota l de 6,181 empre sas re gist rada s con u n prog rama IMM EX,
de las que 84% corresponden a establecimientos de manufactura con cont ra-
taciones directas de aproxim adamente 2.9 millones de empleos d irectos y una
estimación de más de 7 millones de empleos indirectos.
Maquiladoras
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1.1 Objetivos
En su versión inicial, diversos prog ramas asociados a las maquiladoras tenían
cuatro objetivos principales:
Absorber el exceso de mano de obra en la zona fronteriza norte, fomentar
la industrialización en esta reg ión del país y promover las exportaciones
mexicanas de bienes ma nufacturados;
Generar divisas e xtranjeras con la finalidad de mejorar la ba lanza de pagos
mexicana;
Atraer a México la inversión extranjera de capital y tec nología con la finali-
dad de fomentar una estruct ura industrial eficiente; y
Evitar la mig ración de connacionales establecidos en las regiones fronterizas.
2. Estructura operativa
Un a em pre sa m aqu il ado ra e s un a c orp ora ció n me xi can a q ue o per a ba jo u n r égi -
men aduanero y scal especial que le p ermite importar temporalmente materia
prima y componentes a México en una modalidad libre de impuestos, siempre
que se cumplan con las disposiciones de los acuerdos comerciales y scales
internacionales de los que México forma parte. Como se indicó a nteriormente,
los accionistas de una maquiladora pueden ser en su totalidad residentes en
el extranjero y es comú n que alguno de los accionistas de la maquiladora sea
también el cliente a quien le proporciona los ser vicios de manufactura.
Los benecios aduaneros pueden hacerse extensivos también a la maquinaria,
equipo, refacciones y otros artículos requeridos para el ensamble, manufactura
o reparación de los bienes nales y su posterior exportación. El programa de
maquila y la Ley Aduanera limitan el tiempo que los bienes pueden permane-
cer en México bajo el régimen temporal. Después de que los bienes hayan sido
importados al país, estos deben ser exportados al extranjero, o bien importa-
dos para permanecer en territorio nacional de manera denitiva.
Las importaciones temporales ocu rren al cumplir con los actos y formalida-
des del despacho aduanero, lo cual incluye la determinación de impuestos al
comercio exterior, así como los demás impuestos aplicables.

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