Manual de Organización de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.

ACTA DE AUTORIZACION Folio no. aoo

La Secretaría de Energía, en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear; 8 fracción XVI, 28 fracciones I, II, III y XXV, y 31 fracción VIII del Reglamento Interior de la propia Secretaría, expide el siguiente:

MANUAL DE ORGANIZACION DE LA COMISION NACIONAL DE SEGURIDAD NUCLEAR Y SALVAGUARDIAS 29 de marzo de 2005.- El Secretario de Energía, Fernando Elizondo Barragán.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Carlos Alberto Treviño Medina.- Rúbrica.- El Director General de Recursos Humanos, Innovación y Servicios, Roberto Ramírez Villarreal.- Rúbrica.- El Director General, Juan Eibenschutz Hartman.- Rúbrica.- El Gerente de Finanzas y Administración, Francisco Grande Tejada.- Rúbrica.

  1. INTRODUCCION

    El presente documento tiene como finalidad, en primer término, cumplir con la obligación que establece el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en lo referente a la publicación por parte de las dependencias del Ejecutivo Federal de su Manual de Organización General; en segundo término, proporcionar a los servidores públicos de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS) y al público en general, información relacionada con la estructura orgánica y el funcionamiento de la dependencia.

    Este Manual General de Organización está integrado por: la evolución de la estructura orgánica y de las atribuciones que ha tenido esta dependencia; los fundamentos jurídicos en que se basa la regulación de las actividades radiactivas y nucleares; las atribuciones que la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear le confiere; su actual estructura orgánica; y los objetivos y funciones de su actual estructura básica.

  2. ANTECEDENTES

    1979

    El 26 de enero se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear, que crea, entre otros organismos, a la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, como órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, con el objeto principal de aplicar las normas de seguridad nuclear, física, radiológica y salvaguardias, para que el funcionamiento de las instalaciones nucleares radiactivas y de laboratorios se lleven a cabo con la máxima seguridad para los habitantes del país.

    1982

    Con base en el Decreto de reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre, la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial cambia su denominación por la de Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, misma que confiere nuevas atribuciones a dicha Comisión y ratifica las que tenía asignadas.

    1983

    El 9 de mayo, se publica el Reglamento Interior de la nueva Secretaría mediante el cual la Comisión adopta un esquema de organización y coordinación que le permite mejorar el aprovechamiento de sus recursos y cumplir eficientemente los programas asignados.

    1985

    La expedición el 4 de febrero, de la nueva Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear, misma que abroga a la publicada el 26 de enero de 1979, confiere a la Comisión nuevas atribuciones que conducen a la reorganización de las áreas internas, quedando como sigue:

    La Gerencia de Seguridad Nuclear se integra con tres departamentos, con objeto de coordinar las tareas necesarias para verificar que el funcionamiento de las instalaciones nucleares no representen un riesgo para el ambiente, la salud y los bienes de los habitantes.

    A la Gerencia de Seguridad Radiológica se le adscriben tres departamentos, teniendo la responsabilidad de dictaminar solicitudes de licencias y autorización para la posesión, uso, transferencia, distribución, almacenamiento, transporte y disposición de material radiactivo.

    Asimismo, la Gerencia de Tecnología, Reglamentación y Servicios se estructura con dos departamentos, con la finalidad de planear y coordinar la realización de investigaciones en materia nuclear y radiológica, formulando los documentos técnico-normativos (Reglamento, Guías de Seguridad, etc.), necesarios para la evaluación de las instalaciones nucleares.

    1988

    La Secretaría de Programación y Presupuesto emite el 4 de enero, disposiciones de racionalidad del gasto público que inciden en las dependencias del Ejecutivo Federal, sin embargo, la Comisión no sufre modificación alguna debido a que su estructura orgánica se integra con las áreas indispensables para su buen funcionamiento.

    1989

    Con el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 24 de marzo de 1989, la Comisión deja de pertenecer a la Subsecretaría de Energía y pasa a depender del Secretario del Ramo; dicho cambio no modifica la estructura interna de la Comisión, en virtud de haber respondido satisfactoriamente al logro de sus objetivos.

    1993

    Los cambios económicos que suceden en el entorno nacional e internacional, propician que el Ejecutivo Federal oriente sus políticas hacia la reordenación y estabilización de la economía, la apertura comercial al exterior y el saneamiento de las finanzas públicas.

    De esta manera, las dependencias gubernamentales y las entidades paraestatales son consideradas en los proyectos de modernización y productividad nacional, exigiéndoles la adopción de esquemas de racionalidad en el aprovechamiento de los recursos disponibles.

    En este marco, el 1 de julio y el 25 de noviembre son publicados en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Reglamento Interior para la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal y un decreto por el cual el Ejecutivo Federal reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del mismo. En ambos se refleja una reestructuración de la Dependencia, la cual entre otras modificaciones crea dos nuevos órganos desconcentrados. Esto, sin embargo, no afecta la existencia de la Comisión que se reorganiza funcionalmente y adecua la denominación de algunas de sus áreas.

    1994

    El 11 de noviembre, se publica en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual se delegan en los titulares de las unidades administrativas que se indican, facultades relativas a la elaboración y observancia de las normas oficiales mexicanas, competencia de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, situación por la cual se otorgan facultades al Director General de la Comisión para elaborar y publicar las normas oficiales mexicanas en materia nuclear.

    Con la finalidad de actualizar la congruencia de las funciones de las instituciones del...

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