Manual de operación, integración y funcionamiento del comité de adquisiciones y servicios del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.

Miércoles 4 de mayo de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 79
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: IMEPI Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.
MANUAL DE OPERACIÓN, INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y
SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXIQUENSE DE LA PIROTECNIA
1. ANTECEDENTES
Con el objetivo de transparentar los procedimientos de licitación y contratación, el Titular del Ejecutivo del Estado de
México presentó ante el Congreso Local una iniciativa de Ley en Materia de Contratación Pública, acorde con la
exigencia actual y enmarcadas en una simplificación administrativa, buscando impulsar la digitalización en los
procedimientos públicos de adquisición y servicios, mediante la inserción gradual de sistemas informáticos que
permitan su total digitalización, en aras de otorgar el máximo beneficio a la sociedad mexiquense.
En consecuencia, el 29 de abril de 2013, la "LVIII" Legislatura del Estado aprobó el Decreto número 85, por el que se
expide la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, que entró en vigor el 30 de octubre de
2013; y un día antes, es decir el 29 de octubre de 2013, se publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del
Estado de México, el Decreto del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Reglamento de la Ley de Contratación
Pública del Estado de México y Municipios, en cuyos artículos quinto y sexto transitorios señalan: A) que los Comités
de Adquisiciones y Servicios, así como de Arredramientos, Adquisiciones de Inmuebles y Enajenaciones, deberán
constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación del citado ordenamiento legal; y B) los
comités deberán emitir sus Manuales de Integración y Funcionamiento dentro de los quince días naturales siguientes
a su constitución.
En mérito de lo anterior, los integrantes del Comité de Adquisiciones y Servicios del Instituto Mexiquense de la
Pirotecnia, en los procedimientos respectivos, que deriven de los programas correspondientes, deben conducirse con
absoluto respeto a dichos principios, a través de reglas claras que les permitan el adecuado ejercicio de los recursos
públicos, asegurando para el Gobierno del Estado de México las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,
calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Para lograr el objetivo planteado, es necesario contar con un ordenamiento que establezca las funciones integrales y
sistematizadas del Comité y de cada uno de sus integrantes, así como la forma de integración, operación y
funcionamiento, que no se contrapongan a las establecidas por Ley de Contratación Pública del Estado de México y
Municipios y su Reglamento.
2. OBJETIVO
El presente Manual de Operación, Integración y Funcionamiento tiene como objetivo principal establecer las bases
para el funcionamiento del Comité de Adquisiciones y Servicios del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia, a fin de
aplicar correctamente las disposiciones que en la materia establece la Ley de Contratación Pública del Estado de
México y Municipios y su Reglamento.
3. MARCO LEGAL
Normatividad Federal
a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
b) Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito,
c) Ley General de Sociedades Mercantiles;
d) Ley de Impuestos Sobre la Renta;
e) Ley de Impuesto al Valor Agregado;
f) Ley Federal de Instituciones de Fianzas;
g) Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
h) Ley Federal sobre Metrología y Normalización;
i) Código Fiscal de la Federación;
j) Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y
k) Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

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