Iniciativa de reformas en materia financiera. Análisis de los principales cambios que afectarían a los deudores y acreedores

AutorLic. Alejandro Martínez Bazavilvazo
Páginas1-8

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Introducción

En mayo último, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso de la Unión un importante paquete de reformas y adiciones a diversas leyes financieras, con lo que se pretende modernizar a dicho sector con objeto de que se incrementen los créditos o financiamientos para los sectores productivos; sin embargo, es importante advertir que en ese paquete de modificaciones se incluyen reformas que pretenden endurecer las reglas mediante las cuales se procederá al cobro de las deudas o a la ejecución de las garantías.

Al efecto, analizamos aquellos cambios que, de ser aprobados, afectarían de manera importante las relaciones jurídicas entre deudores y acreedores, al disminuir los riesgos de otorgar préstamos.

Consideraciones generales de la iniciativa

La iniciativa de reforma financiera presentada por el Ejecutivo Federal en mayo de 2013, propone la modificación de un número importante de leyes financieras o de naturaleza mercantil, a fin de lograr los siguientes propósitos:

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Sin embargo, por su amplitud y diversidad de temas, no analizaremos todos los cambios que se proponen y sólo destacaremos aquellos que tienen incidencia en la relación jurídica entre los deudores y acreedores, que otorgan o restringen los derechos de las personas que solicitan u obtienen préstamos de las empresas o entidades financieras.

Modificaciones en beneficio de los usuarios financieros

La iniciativa de reforma financiera considera necesario adecuar el marco jurídico vigente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) y reorientar su objetivo en beneficio primordialmente del usuario de los servicios financieros que prestan las entidades financieras, tales como los bancos, las aseguradoras, las casas de cambio y casas de bolsa, entre otras. Para tal efecto, la iniciativa propone los siguientes cambios importantes:

1. Se facultaría a la Condusef para emitir recomendaciones a las instituciones financieras, las cueles se harían del conocimiento de sus organismos o asociaciones gremiales y del público en general, con lo que se pretende mejorar los servicios financieros que tales instituciones prestan, mediante la difusión de prácticas nocivas o que afectan a los usuarios de los servicios.

2. Se facultaría a la Condusef para regular los contratos de adhesión y comprobantes de opera-ciones, así como para impedir la difusión de información engañosa de las instituciones financieras. En ese orden de ideas, se consideraría que los contratos de adhesión que celebren las instituciones financieras no tendrían que contener cláusulas abusivas, y la Condusef, mediante disposiciones de carácter general, establecería los casos y supuestos conforme a los cuales se consideraría que existen este tipo de cláusulas.

3. Se propone la creación del Sistema Arbitral en Materia Financiera, el cual ofrecería un nuevo procedimiento de solución de controversias entre los usuarios de los servicios y las entidades financieras. La Condusef tendría a su cargo la organización, funcionamiento y promoción de dicho sistema, que otorgaría al público usuario la facilidad de solucionar mediante arbitraje controversias futuras sobre operaciones y servicios previamente determinados, de modo que no sería necesario acudir a los juzgados o tribunales para resolver esas controversias.

4. Actualmente, el dictamen técnico que emite la Condusef es el principal instrumento que se tiene para apoyar a los usuarios de los servicios financieros. La iniciativa propone fortalecer la eficacia del dictamen, al estipular que si éste consigna una obligación contractual incumplida por la entidad financiera, cierta, exigible y líquida, se consideraría título ejecutivo no negociable, en favor del usuario de los servicios. La institución financiera sólo podría controvertir el monto del título, presentar las pruebas y oponer las excepciones que estime convenientes ante la autoridad judicial competente.

5. Se incluiría la posibilidad de que los clientes transfieran sus créditos al consumo a otra entidad financiera, la cual se encargaría de dar por terminados los contratos respectivos para permitir la movilidad de las operaciones objeto de la transferencia. Con esta innovación que permitiría una reestructuración de los pasivos en mejores condiciones, los clientes tendrían la posibilidad de migrar la operación de que se trate a la entidad financiera que les ofrezca mejores condiciones, como podría ser una disminución en la tasa de interés. En congruencia con lo anterior, se propone reformar la Ley de Instituciones de Crédito, a efecto de establecer la obligación para las instituciones de crédito de cancelar las operaciones pasivas a más tardar al tercer día hábil bancario siguiente a aquel en que se reciba la solicitud por parte del cliente, con lo cual se pretende agilizar este proceso.

6. Por último, se propone incluir la prohibición para que las entidades financieras condicionen la contratación de operaciones o servicios financieros a la contratación de otra operación o servicio (ventas atadas). Por ejemplo, cuando se condiciona la obtención de un préstamo a la contratación de un seguro de vida. En caso de violar esta prohibición, la entidad financiera sería sujeta de una sanción.

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Modificaciones en beneficio de las personas que otorgan créditos, a fin de recuperar o garantizar el pago de los adeudos

En principio, es importante advertir que si bien es cierto que la mayoría de las...

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