Lineamientos para las visitas guiadas y salidas escolares de los estudiantes de los planteles oficiales e incorporados de educación media superior de la Secretaría de Educación del Estado de México.

Página 4 18 de febrero de 2020
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
LICENCIADO ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPILLO, SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO,
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 29 Y 30 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 27 FRACCIÓN XLVII DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE
MÉXICO, Y 6 FRACCIÓN XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN; Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo 2017-2023, en el Pilar Social establece com o objetivo 1.3. Garantizar una Educación Incluyente, Equitativa y de
Calidad que promueva las oportunidades de aprendizaje, a lo largo de la vida y en la estrategia 1.3.3. Establece fortalecer l a calidad y
pertinencia de la educación media superior para contribuir al desarrollo de la entidad, señalando como línea de acción dar seguimiento al
modelo educativo en planteles de educación media superior.
Que el artículo 123 de la Ley de Educación del Estado de México establece que la educación media superior es la que se impart e después
de la secundaria, misma que por objeto propicia la adquisición de las competencias necesarias para acceder a la educación superior o, en
su caso, al sector productivo, por lo que es indispensable que los aprendizajes sean reforzados y complementados con las visitas guiadas y
salidas escolares.
Que en atención al Modelo Educativo para la Educación Obligatoria, es indispensable la expedición de estos Lineamientos, estableciéndose
los requerimientos que deben atender los docentes, autoridad escolar, supervisores escolares o coordinadores de zona para la autorización
y realización de las visitas guiadas así como salidas escolares de los estudiantes, ya que son desplazados a otros espacios culturales o
educativos, en el ámbito municipal, estatal, nacional e internacional respectivamente, para garantizar el máximo logro de los aprendizajes
así como la participación en eventos o convocatorias de carácter académico, cívico, cultural o deportivo representando a su plantel, de igual
manera fomentar la convivencia armónica entre pares y consolidando la participación de las madres, padres de familia o tutores;
previéndose la eficiencia en la elaboración del proyecto, las actividades a desarrollar de los estudiantes, los permisos de salida, la
contratación de servicios de transporte, además de asegurar su protección y tutela a la seguridad e integridad física.
Que los presentes Lineamientos están conformados por seis capítulos siendo de Disposiciones Generales, Visitas Guiadas, Requisitos para
la autorización de las Visitas Guiadas, Obligaciones del Docente y Autoridad Escolar, Restricciones a las Visitas Guiadas, Salidas
Escolares, siendo un total de 36 artículos y cuatro Transitorios.
Que las visitas guiadas y salidas escolares son actividades educativas complementarias que realizan fuera del plantel, por su importancia
requieren de una planeación, desarrollo y evaluación, lo que es consecuente para enriquecer la interacción de los estudiantes con la
realidad circundante.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se expiden los siguientes:
LINEAMIENTOS PARA LAS VISITAS GUIADAS Y SALIDAS ESCOLARES DE LOS ESTUDIANTES DE LOS PLANTELES OFICIALES E
INCORPORADOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria y tienen por objeto regular la organización, desarrollo,
seguimiento y evaluación de las visitas guiadas y salidas escolares, que realicen los estudiantes inscritos en los planteles oficiales e
incorporados de educación media superior de la Secretaría de Educación.
ARTÍCULO 2.- Para efectos de estos Lineamientos, se entiende por:
I. Autoridad Educativa Estatal: A la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de México.
II. Autoridad escolar: Al personal con funciones de director escolar y responsable del plantel de educación media superior del
Subsistema Educativo Estatal.
III. Comunidad escolar: Al grupo de personas integrado por directivos escolares, personal docente, administrativo y de apoyo,
madres, padres de familia o tutores, estudiantes y demás agentes que intervienen en el proceso de enseñanza y ap rendizaje de
los planteles de educación media superior del Subsistema Educativo Estatal.
IV. Docente: Al personal responsable del proyecto y realización de la visita guiada.
V. Estudiante: A la persona inscrita en un plantel oficial o incorporado de educación media superior del Subsistema Educativo
Estatal.
VI. Plantel: A la escuela oficial o incorporada de educación media superior del Subsistema Educativo Estatal.

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