Lineamientos de operación y funcionamiento del Sistema para informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento y seguridad y salud que prevalecen en los centros de trabajo.

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas585-594

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(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2017)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRI DA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 123, Apartado A, fracciones XIII, XV y XXXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 132, fracciones I, XV, XVI, XVII; 527, 527-Ay 529 de la Ley Federal del Trabajo; 1 o., 2o., 4o., 5o., 6o., 11 y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 1 o., 2o. fracción VI, 12,22,23,46 y 47 del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones, y

CONSIDERANDO

Que el 1o. de agosto de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se crea el Sistema para informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento y seguridad y salud que prevalecen en los centros de trabajo, y

Que el artículo Quinto Transitorio del Acuerdo por el que se crea el Sistema para informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento y seguridad y salud que prevalecen en los centros de trabajo, dispone que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá expedir los Lineamientos de ope-

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ración y funcionamiento del Sistema, dentro de los sesenta días posteriores a la entrada en vigor del referido instrumento, por lo que he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA PARA INFORMAR A LA AUTORIDAD DEL TRABAJO EL NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO, CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO Y SEGURIDAD Y SALUD QUE PREVALECEN EN LOS CENTROS DE TRABAJO

TÍTULO I Disposiciones Generales
CAPÍTULO UNICO Objeto y Definiciones

Objeto de los Lineamientos

1.- El objeto de los presentes Lineamientos es dar a conocer los procedimientos y criterios relativos a la operación del Sistema para informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo, Capacitación y Adiestramiento y Seguridad y Salud que prevalecen en los centros de trabajo.

Propósitos del Sistema

2.- El Sistema para informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo, Capacitación y Adiestramiento y Seguridad y Salud, tiene los propósitos siguientes:

I. Que los centros de trabajo, con base a la información que proporcionen en el Módulo de diagnóstico, puedan identificar las disposiciones que en materia laboral les son aplicables;

II. Informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento en el que se encuentran respecto a estas tres materias; a fin de establecer los beneficios a que pueden acceder;

III. Establecer el plazo o fecha de cumplimiento de la normatividad laboral, propuesta por los patrones, en su caso;

IV. Que la Secretaría, brinde asesoría y asistencia técnica para elevar el nivel de cumplimiento de la normatividad laboral de los centros de trabajo, y

V. Impulsar la mejora continua en el cumplimiento de la normatividad laboral , mediante la planeación de acciones preventivas o correctivas identificadas previamente.

Definición de conceptos

3.- Para efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por: I. Acuse: Documento expedido por la Secretaría a través del Sistema para informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo, Capacitación y Adiestramiento y Seguridad y

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Salud que prevalecen en los centros de trabajo, que avala haber concluido un Módulo en cualquiera de las tres materias y en el cual se asienta el porcentaje de cumplimiento;

II. Carga masiva: Herramienta del sistema, que podrán utilizar los patrones para cargar información, en caso de tener más de un centro de trabajo con características similares;

  1. Centro de trabajo: Todo aquel lugar» cualquiera que seasu denominación, en el que se realicen actividades de producción, distribución de bienes o prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo;

IV. DGIFT: La Dirección General de Inspección Federal del Trabajo;

V. Materia: Contenido de información específica en términos jurídicos mediante la cual la autoridad del trabajo revisa las responsabilidades de los trabajadores y patrones, pudiendo ser: Condiciones Generales de Trabajo, Capacitación y Adiestramiento y, Seguridad y Salud;

VI. Módulos: Apartados del Sistema informático elaborados mediante los cuestionarios que deben ser contestados por los centros de trabajo, mismos que se clasifican de la siguiente manera:

a) Condiciones Generales de Trabajo;

b) Capacitación y Adiestramiento, y

c) Seguridad y Salud.

VII. Secretaría: La Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

VIII. Sistema: El Sistema para informar a la...

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