Libertad de expresión

AutorInstituto Mexicano de Estrategia
Páginas723-727

(Artículos , 61 y 109 constitucionales)

Concepto

El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, define a la libertad de expresión como un derecho humano fundamental según el cual "todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión."

En nuestra Constitución, este derecho fundamental se encuentra reconocido en el artículo 6º:

"Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.

Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.

El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios."

La libertad de expresión o manifestación de ideas incluye las siguientes libertades y principios:

* Libertad de opinión y de no ser molestado por esa causa.

* Libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de manera oral, por escrito o por cualquier otro medio.

* La libertad de expresión no debe ser objeto de previa censura.

Con base en lo anterior, de la libertad de expresión se derivan la libertad de prensa o imprenta, ya que por medio de ella se difunden ideas e información, así como el derecho de réplica y el derecho a la información, ya que por medio de éste toda persona tiene derecho de buscar y recibir información.

El artículo 6º constitucional, establece como límites de la libertad de expresión, los siguientes:

* La manifestación de ideas no debe atacar la moral.

* La manifestación de ideas no debe agraviar a la persona en su vida privada, honor o imagen.

* La manifestación de ideas no debe provocar algún delito.

* La manifestación de ideas no debe perturbar el orden público.

Asimismo...

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