Libera la Primera Sala de la SCJN a Florence Cassez

AutorMarco A. Ríos
Páginas34-37

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En un hecho que causó indignación en amplios sectores de la sociedad mexicana y más todavía en algunos líderes sociales, que desde hace años han luchado en todos los frentes por garantizar la protección de las víctimas, y de haber sido ya promulgada la ley general en la materia, los argumentos jurídicos de poco sirvieron cuando, a decir de los ministros, el Estado afectó los derechos humanos de la acusada. Situación que la activista Isabel Miranda de Wallace interpretó públicamente como la apertura a la impunidad y la puerta para liberar a muchos delincuentes en nuestro país.

Apenas una hora duró el debate para definir su postura en relación al amparo directo 517/2011 promovido por Cassez. Uno a uno, los 5 ministros de la Primera Sala se pronunciaban sobre el proyecto presentado por la Ministra Olga Sánchez Cordero, que planteaba la concesión de un amparo para efectos, que remitiera el expediente al Tribunal Unitario y desestimara varias pruebas viciadas por el ilegal video ordenado por García Luna, cuando era Director de la AFI, la tardía puesta a disposición del MP de la ciudadana francesa y la inoportuna asistencia del consulado de Francia.

José Ramón Cossío manifestó su desacuerdo con el nuevo proyecto; sin embargo, reconoció que hubo violaciones a los derechos humanos durante la detención de la quejosa.

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Reiterando su voto del año pasado, se pronunció por otorgar el amparo para efectos, bajo la condición de que el caso se devolviera al tribunal unitario para dictar una nueva resolución, sin que fueran tomadas en cuenta, únicamente, las pruebas que, en su opinión, afectaron derechos fundamentales de Florance Cassez con motivo del video montaje delos AFIs.

Arturo Zaldívar Lelo de Larrea expresó también su desacuerdo con el proyecto de la Ministra. Sin embargo, reiteró su voto a favor del proyecto que él presentó el pasado 21 de marzo de 2012, insistiendo en las violaciones graves hacia la quejosa y en el efecto corruptor que generó el hecho de que la autoridad policial no haya puesto de inmediato a disposición del Ministerio Público a la detenida, que no se haya notificado en tiempo y forma al consulado francés y, sobre todo, que se haya autorizado el montaje televisivo. Reconoció que las violaciones a la constitución son tan graves que llegan a violar la presunción de inocencia, lo cual dejan, señaló, a la quejosa en un estado de indefensión, proponiendo nuevamente el otorgamiento liso y llano del amparo y la...

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