Ley de la Universidad Intercultural para la Igualdad de Aguascalientes -- Antes Ley de la Universidad Intercultural para la Igualdad del Estado de Aguascalientes --
| Fecha de disposición | 30 Abril 2025 |
| Fecha de publicación | 02 Mayo 2025 |
LEY DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL PARA LA IGUALDAD
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 2 DE JUNIO DE 2025.
Ley publicada en el Extraordinario del Número 30 en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el viernes 2 de mayo de 2025.
MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus habitantes sabed: Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXVI Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente:
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 2 DE JUNIO DE 2025)
"LEY DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL PARA LA IGUALDAD"
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Ejecutivo: A la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes.
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Estado: A la Entidad Federativa denominada Aguascalientes.
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IEA: Al Instituto de Educación del Estado de Aguascalientes.
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Junta de Gobierno: A la Junta de Gobierno de la Universidad Intercultural para la Igualdad.
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Ley: A la Ley que crea la Universidad Intercultural para la Igualdad.
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Ley de Entidades Paraestatales: A la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes.
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Ley de Responsabilidades: A la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes.
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Persona titular de la Rectoría: A la persona titular de la Rectoría de la Universidad Intercultural para la Igualdad.
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Reglamento: Al Reglamento Interior de la Universidad Intercultural para la Igualdad.
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SEP: A la Secretaría de Educación Pública.
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Universidad: A la Universidad Intercultural para la Igualdad.
El modelo pedagógico que la Universidad adopte, se integrará al Sistema Nacional de Educación Superior y al Subsistema Tecnológico, de acuerdo a los criterios que señalen la SEP y el IEA, conforme a lo prescrito en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 6° de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, la Ley General de Educación, la Ley General de Educación Superior, la Ley de Educación del Estado de Aguascalientes y demás disposiciones aplicables.
La Universidad conducirá sus actividades bajo la observancia obligatoria de los principios rectores establecidos en la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, sus Códigos de Ética y de Conducta, con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan de Desarrollo del Estado y en atención al Plan Nacional de Desarrollo, para el óptimo despacho de asuntos y logro de metas, en el ámbito de su competencia.
Naturaleza, Domicilio y Objeto
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Impartir educación bajo principios y valores orientados al pleno desarrollo de la personalidad y facultades del estudiante, cimentados en los derechos humanos, con perspectiva de género, igualdad sustantiva, interseccional, intercultural y de cultura de paz; a través de la implementación de programas educativos con visión humanista, comunitaria e interdisciplinar, y tomando en cuenta la pluralidad epistémica, las metodologías y saberes comunitarios y populares, que permita promover el desarrollo personal;
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Formar profesionales éticos comprometidos con el bienestar social en los ámbitos comunitarios, regional y nacional, cuyas actividades contribuyan a promover el respeto, valoración y fortalecimiento de las identidades diversas, los derechos humanos, la igualdad sustantiva, la cultura de paz, la perspectiva de género, con perspectiva intercultural crítica, interseccional e inclusiva, recuperando los diferentes procesos de generación del conocimiento, construcción de sentidos y prácticas comunitarias desde los territorios;
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Generar sus planes y programas de estudio flexibles y desde los territorios, que respondan a las problemáticas sociales, con énfasis en las vinculadas a problemas de género, violencias, sexismo, discriminación y desigualdades;
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Desarrollar dentro de los procesos de enseñanza-aprendizaje, estudios, prácticas y proyectos de vinculación e investigación social, comunitarios interculturales críticos, de igualdad con perspectiva de género, interseccional, inclusiva, con respeto a los derechos humanos y cultura de paz, o en áreas de su competencia, que contribuyan a su avance progresivo y que se encuentren contenidos en sus planes y programas educativos, así como en las acciones y actividades que promueva la inclusión de personas con capacidades diferentes o necesidades educativas especiales que les permitan alcanzar plenamente su potencial, considerando en todo momento la diversidad de las necesidades educativas, que contribuyan al bien común;
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Fomentar las prácticas, la ética y los planteamientos propios de las epistemologías, metodologías y pedagogías feministas, de género y de las comunidades diversas e inclusivas;
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Fomentar la adaptación de los contenidos educativos, los sistemas de conocimiento de las comunidades diversas del Estado e inclusivas desde el diálogo horizontal, con pertinencia científica y tecnológica, que propicie el diálogo de saberes y posibilite la convivencia de la diversidad y bienestar colectivo, que lleve a erradicar todo tipo de discriminación o cualquier otro que menoscabe la libertad o derechos de las personas;
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Promover el desarrollo de la diversidad lingüística, su estudio, su difusión, su reconocimiento y su uso en la construcción y desarrollo de planes y programas de estudio;
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Impulsar estrategias de participación, concertación y vinculación con los sectores social comunitaria, público, privado e interinstitucional, para atender y afrontar las necesidades, problemáticas y retos contemporáneos de la sociedad mexicana; y
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Impulsar el cuidado colectivo y el respeto del medio ambiente, con la constante orientación hacia la sostenibilidad, con el fin de comprender y asimilar la interrelación de la naturaleza con los temas sociales y económicos, para garantizar su preservación y promover estilos de vida sustentables.
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Ofrecer programas de educación del tipo medio superior y superior, con las características de pertinencia y flexibilidad, desde una perspectiva humanista, comunitaria e interdisciplinar, de inclusión de grupos vulnerables y tomando en cuenta la pluralidad epistémica, las metodologías y saberes comunitarios y populares; que promuevan el pensamiento crítico, reflexivo, creativo y el desarrollo de las inteligencias múltiples, la justicia social, la equidad e igualdad de género, que promuevan el pensamiento crítico, reflexivo, creativo y el desarrollo de las inteligencias múltiples, de justicia social y equidad, así como los que la sociedad demande como necesidad y que la Universidad pueda satisfacer;
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Planear, diseñar, programar, desarrollar, administrar, implementar, evaluar, acreditar y certificar las actividades propias del proceso educativo;
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Crear, diseñar e instrumentar una oferta educativa congruente con el contexto sociocultural, territorial, económico, ambiental, que respondan a las problemáticas sociales, económicas y ambientales, desde la perspectiva de género y derechos humanos tanto en los procesos de generación de conocimiento como en las pedagogías;
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Conformar grupos de trabajo intergeneracionales con las comunidades diversas e inclusivas, integrados por personas con saberes comunitarios y experiencia local, representantes de...
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