Ley para la Prevencion de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos Alimenticios en el Estado de Nayarit

LEY PARA LA PREVENCIÓN DE LA OBESIDAD, SOBREPESO Y TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL ESTADO DE NAYARIT

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 5 DE SEPTIEMBRE DE 2015.

Ley publicada en la Sección Trigésima Cuarta del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el sábado 25 de diciembre de 2010.

LIC. NEY GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:

Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:

DECRETO

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit representado por su XXIX Legislatura, decreta

Ley para la Prevención de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos Alimenticios en el Estado de Nayarit

Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 21
Artículo 1 Las disposiciones del presente ordenamiento son de orden público, interés social y de observancia general en el Estado de Nayarit.
Artículo 2 Son objetivos de la presente Ley:
  1. Establecer el marco jurídico a efecto de crear los instrumentos necesarios para la prevención integral de la obesidad, el sobrepeso y los trastornos alimenticios en el Estado de Nayarit, así como el desarrollo de hábitos alimenticios y nutricionales que permitan inhibir su incidencia;

  2. Establecer las normas de observancia general, para la planeación, realización y evaluación de los programas públicos, establecidos a efecto de prevenir y atender integralmente la obesidad, el sobrepeso y los trastornos alimenticios, así como toda aquella actividad que promueva la adopción de hábitos alimenticios y nutricionales, en beneficio de la Salud Pública en el Estado de Nayarit;

  3. Instaurar como obligación de las autoridades del Estado de Nayarit, de conformidad a su ámbito de competencia, la prevención de manera integral de la obesidad, el sobrepeso y los trastornos alimenticios, y

  4. Formular las disposiciones administrativas de carácter general, en lo relativo a la prevención y atención integral de la obesidad, el sobrepeso y los trastornos alimenticios, así como para el fomento de hábitos nutricionales apropiados, en los habitantes del Estado de Nayarit.

Artículo 3 El Gobierno del Estado, por medio del Sistema de Salud de Nayarit, impulsará la participación coordinada de los sectores social y privado, en la conformación, realización y evaluación del Programa Estatal para la Prevención y Combate de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos Alimenticios.
Artículo 4 El Programa Estatal para la Prevención y Combate de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos Alimenticios, es el instrumento rector de la acción gubernamental en materia de la presente Ley.

Para su debido cumplimiento, éste podrá ser incluido como un apartado específico en los programas e Informes del Poder Ejecutivo, particularmente en el Presupuesto de Egresos de cada año.

Artículo 5

Corresponde al Gobierno del Estado de Nayarit, la aplicación de la presente ley, atendiendo a lo dispuesto en la Ley General de Salud, así como en las disposiciones contenidas en las normas oficiales mexicanas en la materia, en la Ley de Salud para el Estado de Nayarit y en los preceptos establecidos por la Organización Mundial de la Salud y tendrá conforme a esta Ley las siguientes atribuciones:

  1. Emitir, con la participación de los sectores social y privado organizados, el Programa Estatal para la Prevención y Combate de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos Alimenticios en Nayarit;

  2. Por conducto de la Secretaria de Salud, proporcionar en forma permanente a los habitantes de Nayarit, información en materia de prevención de la obesidad, sobrepeso y trastornos alimenticios;

  3. En coordinación con las autoridades educativas y sus organizaciones gremiales, promover la adopción por la sociedad y en particular en los centros escolares, de hábitos nutricionales, que inhiban la incidencia de obesidad, sobrepeso y trastornos alimenticios;

  4. Organizar la participación de los sectores social y privado en relación a la prevención y combate de la obesidad, sobrepeso y trastornos alimenticios;

  5. Realizar las investigaciones necesarias, en materia de obesidad, sobrepeso y trastornos alimenticios, haciendo del conocimiento público los resultados obtenidos, y

  6. Las demás que le confiera el presente ordenamiento y demás leyes aplicables.

Capítulo II Artículos 6 a 10

Del Consejo para la Prevención y Atención Integral de la Obesidad y de los Trastornos Alimenticios

Artículo 6 El Consejo Estatal para la Prevención y Atención Integral de la Obesidad, Sobrepeso y los Trastornos Alimenticios, es la instancia colegiada, de carácter permanente, de estructura, contenido, consulta y evaluación del Programa de Prevención y Atención Integral de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos Alimenticios en Nayarit.
Artículo 7 El Consejo Estatal para la Prevención y Atención Integral de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos Alimenticios, se integrará por:
  1. El Gobernador del Estado, quien lo presidirá o la persona que él designe;

  2. El Secretario de Salud, como Vicepresidente;

    (REFORMADA, P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2015)

  3. El Secretario de Educación;

  4. Un Diputado integrante de la Comisión Legislativa de Salud y Seguridad Social del Congreso del Estado de Nayarit, el que desempeñará su encargo, en...

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