Ley Organica de Universidad Autonoma de Coahuila
LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COAHUILA
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila de Zaragoza, el viernes 4 de enero de 1991.
EL C. LIC. ELISEO MENDOZA BERRUETO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, decreta:
Número.- 329
LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COAHUILA
DE LA NATURALEZA DE LA UNIVERSIDAD Y FINES
Es obligación de todos los integrantes de la comunidad universitaria respetar y cumplir las disposiciones de esta Ley, del Estatuto Universitario y de los reglamentos que de éste emanen, así como los acuerdos de las autoridades universitarias tomados dentro del límite de sus atribuciones.
La creación de nuevas facultades, escuelas, institutos y centros de investigación así como la reestructuración o fusión de las ya existentes se sujetará al procedimiento que establezca el Estatuto Universitario.
DE SU PATRIMONIO
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Los bienes de que ha sido dotada al momento de su creación;
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Los subsidios y aportaciones ordinarias y extraordinarias que obtenga de los gobiernos federal, estatal o municipal, de particulares o de instituciones públicas o privadas;
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Los ingresos que obtenga por la generación y explotación de bienes o la prestación de servicios; y
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Los bienes y derechos que haya adquirido con posterioridad y los que en lo futuro adquiera, por cualquier concepto, de acuerdo con las leyes respectivas.
La Comisión General Permanente de Hacienda vigilará este patrimonio con todas las facultades de control y fiscalización que le competan, procurando incrementarlo y evitar su menoscabo. Estará integrada por tres miembros designados por el Consejo Universitario. Su cargo será honorífico y por tiempo indefinido.
En caso de ser desafectados se aplicarán a dichos bienes las disposiciones del derecho común.
DE SUS ATRIBUCIONES
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Establecer, organizar y modificar su Gobierno, Estructura, Funciones y Dependencias en la forma que esta Ley, el Estatuto y los Reglamentos lo determinen;
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Expedir su Estatuto, sus Reglamentos y demás normas;
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Administrar libremente su patrimonio;
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Formular planes y programas de Docencia, Investigación y Desarrollo, conforme a los principios de libertad de cátedra y de investigación;
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Establecer los términos de ingreso, promoción y permanencia de alumnos y de Personal Académico;
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Otorgar y expedir títulos, diplomas, certificados de estudio, menciones honoríficas y grados académicos;
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Revalidar estudios realizados en Instituciones Nacionales o Extranjeras, estableciendo para tal efecto las equivalencias que estime convenientes;
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Incorporar escuelas y facultades que impartan educación preparatoria, profesional y de post-grado dentro del Estado, de acuerdo con lo que establezca su reglamentación interna;
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Establecer y fomentar las relaciones que estime pertinentes con Universidades o Instituciones Nacionales o Extranjeras;
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Establecer relaciones y convenios con Dependencias y...
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