Ley Organica del Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes del Estado de Morelos
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL UNITARIO DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES DEL ESTADO DE MORELOS
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Morelos, el miércoles 21 de abril de 2021.
Al margen izquierdo un Escudo del estado de Morelos que dice: "Tierra y Libertad".- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIV Legislatura. 2018-2021.
CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED:
La Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:
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DEL PROCESO LEGISLATIVO
[...]
Por lo anteriormente expuesto, esta LIV Legislatura ha tenido a bien expedir:
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL UNITARIO DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES DEL ESTADO DE MORELOS
Los Juzgados Especializados contarán con Jueces de Control, de enjuiciamiento y de Ejecución de Sanciones, en el número que se requiera para su adecuado funcionamiento, según lo exija un buen servicio público y lo autorice el presupuesto.
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Ley, a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes;
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Constitución, a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos;
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Leyes, a las demás leyes vigentes que resulten aplicables;
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Reglamento, al Reglamento Interior del Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes y Juzgados especializados;
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Normatividad, a los demás reglamentos, lineamientos generales, acuerdos, circulares, manuales de organización y cualquier otro ordenamiento expedido y autorizado por el Magistrado;
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Tribunal, al Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes;
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Juzgados Especializados, a los conformados por los Jueces de Control, de Enjuiciamiento y de Ejecución de Sanciones, especializados en Justicia penal para Adolescentes;
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Magistrado, al Magistrado titular del Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes;
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Jueces especializados, a los Jueces de Control, de Enjuiciamiento y de Ejecución de Sanciones, especializados en Justicia penal para Adolescentes, y
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Congreso, al Congreso del Estado de Morelos.
La autoridad que, a pesar de haber sido requerida, se negare a prestar el auxilio solicitado, será responsable de los daños y perjuicios que se originen por su negativa, independientemente de la responsabilidad oficial en que pudiese incurrir, conforme a las leyes y reglamentos aplicables.
DEL TRIBUNAL
DEL MAGISTRADO
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