Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Jurisprudencia Núm. VIII-J-2aS-123

Páginas59-63
SEGUNDA SECCIÓN
Jurisprudencias
Revista Núm. 1, Enero 2022 59
SEGUNDA SECCIÓN
JURISPRUDENCIA NÚM. VIII-J-2aS-123
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
CARTA DE TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA OB-
TENCIÓN Y USO DEL NÚMERO PATRONAL DE IDENTI-
FICACIÓN ELECTRÓNICA, Y CERTIFICADO DIGITAL DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.- NO ES
IDÓNEO PARA ACREDITAR LA UBICACIÓN DEL DOMICI-
LIO FISCAL DEL ACTOR.- Ese documento no es idóneo
para desvirtuar la presunción del domicilio scal a que
se reere el artículo 34 de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ya que el do-
micilio scal declarado allí no prueba fehacientemente
la calidad de scal del mismo. Ello, porque tal carta es
exclusivamente el medio de expresión del conocimiento
y aceptación por el patrón de los términos y condiciones
para obtener, usar y manejar el número de identificación
electrónica y el certificado digital requeridos para el
intercambio de información a través de aplicaciones
y medios de comunicación electrónica entre el patrón y
el Instituto Mexicano del Seguro Social. Por tanto, es un
documento privado que solamente demuestra la autoría
de quien por cuya cuenta se formó, y si bien hace fe de la
existencia de la declaración, no crea certidumbre sobre
los hechos declarados, de conformidad con el artículo
203 del Código Federal de Procedimientos Civiles, toda

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