Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. VII-P-1aS-1225

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PRECEDENTES DE SALA SUPERIOR - PRIMERA SECCIÓN
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-1225
DOMICILIO FISCAL.- LA RESOLUCIÓN DETERMINANTE
DEL CRÉDITO FISCAL, EL MANDAMIENTO DE EJECU-
CIÓN Y EL ACTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO Y EM-
BARGO, NO SON LOS DOCUMENTOS IDÓNEOS PARA
ACREDITAR LA UBICACIÓN DEL DOMICILIO FISCAL DEL
ACTOR AL MOMENTO DE PRESENTAR LA DEMANDA
DE NULIDAD.- El artículo 34 de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, establece que la
competencia territorial de las Salas Regionales se establece-
rá atendiendo al domicilio scal de la parte actora, y que se
presumirá que el señalado en la demanda es el scal, salvo
que la parte demandada demuestre lo contrario. Por lo que
si la autoridad incidentista pretende desvirtuar dicha presun-
ción, aduciendo que el domicilio scal de la parte actora se
desprende del consignado en la resolución determinante del
crédito scal, del mandamiento de ejecución o del acta de
requerimiento de pago y embargo, dicho argumento debe
desestimarse por infundado, toda vez que tales documenta-
les no otorgan certeza jurídica de la ubicación del domicilio
scal de la parte actora. Lo anterior es así, dado que si bien
es cierto, cuentan con valor probatorio pleno al tratarse de
hechos legalmente a rmados por autoridad en documentos
públicos; también lo es, que no otorgan certeza jurídica de
que el domicilio scal consignado en ellos, lo siga siendo al
momento de presentar la demanda de nulidad, dado que pudo

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