Ley de la Operadora Municipal de Estacionamientos de Juarez

LEY DE LA OPERADORA MUNICIPAL DE ESTACIONAMIENTOS DE JUAREZ

ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 22 DE JUNIO DE 2005.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, el miércoles 20 de junio de 1990.

DECRETO No. 128/90 I P.E.

EL CIUDADANO LICENCIADO FERNANDO BAEZA MELÉNDEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, A SUS HABITANTES SABED:

QUE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SE HA SERVIDO EXPEDIR EL SIGUIENTE

DECRETO:

LA QUINCUAGESIMA SEXTA H. LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN SU PRIMER PERÍODO EXTRAORDINARIO

D E C R E T A:

LEY DE LA OPERADORA MUNICIPAL DE ESTACIONAMIENTOS DE JUÁREZ

ARTÍCULO PRIMERO Se crea el organismo público descentralizado del Municipio de Juárez, con personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado "Operadora Municipal de Estacionamientos de Juárez", con domicilio en Ciudad Juárez, Chih.
ARTÍCULO SEGUNDO El organismo tiene por objeto:
  1. Explotar y conservar los bienes inmuebles que ingresen a su patrimonio o los derechos y concesiones que sobre otros inmuebles adquiera, para la prestación del servicio público de estacionamiento, con miras a abatir el problema de falta de estacionamiento en Ciudad Juárez.

  2. Administrar los ingresos obtenidos de la explotación de los inmuebles, destinándolos preferentemente a la adquisición de nuevos inmuebles, derechos o concesiones sobre los mismos, para habilitarlos en la prestación de servicio público de estacionamientos.

  3. Arrendar y transmitir a particulares, previas las autorizaciones de ley y de sus órganos de administración, aquellos estacionamientos que se considere sea conveniente que sean explotados por particulares, salvo aquellos que se operen en bienes de dominio público.

  4. Verificar el cumplimiento del Reglamento Municipal de Construcción, cuando se expidan...

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