Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. VII-CASR-8ME-48

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CRITERIOS AISLADOS DE LA OCTAVA SALA REGIONAL METROPOLITANA
noti cado legalmente el acto a la parte interesada, por lo que
no puede producir efecto legal.
Cumplimiento de Ejecutoria Núm. 331/14-17-08-3.- Resuel-
to por la Octava Sala Regional Metropolitana del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 30 de abril de
2015, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Lu-
cila Padilla López.- Secretaria: Lic. Faviola Chávez Martínez.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
VII-CASR-8ME-48
NEGATIVA FICTA. ARGUMENTOS PROCESALES NO LA
JUSTIFICAN NI PUEDEN SUSTENTARLA.- En jurispruden-
cia de nuestro máximo Tribunal de Justici a, se ha sostenido
que uno de los propósitos esenciales de la con guración de
la negativa cta, se re ere a la determinación de la litis sobre
la que versará el juicio contencioso administrativo ante este
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, mismo
que debe referirse a la materia de fondo de lo que pretende
expresamente el particular y lo que ha sido negado ctamen-
te por la autoridad, ello a n de garantizar la de nición de la
petición planteada, por tanto, si ante el Instituto de Seguridad
y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la parte
actora solicitó clara y expresamente la aplicación del mayor
bene cio, a que se re ere el artículo 57, párrafos tercero y
cuarto, de la ley del propio Instituto, vigente hasta el 31 de
marzo de 2007, sin que tal autoridad diera respuesta a dicha

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