Ley de Ingresos del Municipio de Papalotla de Xicohténcatl, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Nueve

EstadoTlaxcala
MunicipioPapalotla de Xicohténcatl
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LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PAPALOTLA DE XICOHTÉNCATL,
PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL NUEVE
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo Único
ARTÍCULO 1. Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los
gastos públicos conforme a las leyes respectivas. Los ingresos que el Municipio de
Papalotla de Xicohténcatl, Tlaxcala, percibirá durante el ejercicio fiscal del año
2009, serán los que se obtengan por concepto de:
I. Impuestos;
II. Derechos;
III. Productos;
IV. Aprovechamientos;
V. Participaciones, y
VI. Ingresos Extraordinarios.
Cuando en esta ley se haga referencia a:
a). “Salario”, deberá entenderse como el Salario Mínimo Diario vigente, en el
Estado de Tlaxcala durante el ejercicio fiscal 2009.
b). “Código Financiero”, se entenderá como el Código Financiero para el
Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
c). “Ayuntamiento”, se entenderá como el Ayuntamiento del Municipio de
Papalotla de Xicohténcatl, Tlaxcala.
d). “Municipio”, se entenderá como el Municipio Papalotla de Xicohténcatl,
Tlaxcala.
e). “Presidencias de Comunidad”, se entenderá todas las que se
encuentran legalmente constituidas en el territorio del Municipio.
f). “Administración Municipal”, se entenderá el aparato administrativo,
personal y equipo, que tenga a su cargo la prestación de servicios públicos,
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subordinada del Ayuntamiento del Municipio de Papalotla de Xicohténcatl,
Tlaxcala.
Artículo 2. Los ingresos mencionados en el artículo anterior se describen y
enumeran en las cantidades estimadas siguientes:
CONCEPTO PESOS.
I. Impuestos $ 3,117,795.00
a) Del impuesto predial. $ 2,416,795.00
b) Del impuesto sobre transmisión de bienes
inmuebles. $ 701,000.00
c) Impuesto sobre diversiones y espectáculos
públicos. $ 0.00
II. Derechos $ 3,032,167.00
a) Por avalúo de predios a solicitud de sus
propietarios o poseedores. $ 52,600.00
b) Servicios prestados por la presidencia
municipal en materia de obras públicas y
desarrollo urbano. $ 454,000.00
c) Por el servicio prestado en el rastro municipal o
lugares autorizados para sacrificio de ganado. $ 0.00
d) Expediciones de certificados y constancias en
general. $ 68,500.00
e). Registro del Estado Civil de las personas. $ 410,450.00
f) Por el servicios de recolección, transporte y
disposición final desechos sólidos. $ 0.00
g) Servicio de limpieza de lotes baldíos, frentes de
inmuebles. $ 1,000.00
h) Por los servicios de limpieza en eventos
masivos, con fines lucrativos. $ 0.00
i) Por el uso de la vía y lugares públicos. $ 38,750.00
j) Por el uso de la vía pública para el comercio en
tianguis. $ 3,000.00
k) Por el uso de la vía pública para el comercio
ambulante. $ 2,000.00
l) Por servicio de alumbrado público. $ 1,535,167.00
m) Por los servicios de panteones. $ 0.00
n) Por los servicios que presten los organismos
públicos descentralizados de la administración
municipal, Servicio de agua potable.
$ 451,300.00

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